Cómo reclamar la comisión de apertura

Recupera lo que es tuyo

¿Tienes comisión de apertura? Si no lo recuerdas, lo quieres confirmar o no sabes lo que es, busca el contrato de tu hipoteca y mira la cláusula cuarta, en la que suele aparecer como os pongo en el siguiente párrafo, sacado de una escritura real.

Comisión de apertura: El prestatario (consumidor) satisfará una comisión de apertura del 0,75 por 100 sobre el principal del préstamo. El importe de esta comisión será abonado por el prestatario mediante cargo en su cuenta, lo que se efectuará en la fecha de la firma del presente otorgamiento.

Vamos, que te cobran por supuestos trámites administrativos, la gestión y apertura del préstamo; si es fijo casi seguro que la tienes porque aparece en un 80%. Un trabajo que ya pagas con creces con los intereses que mes a mes pagas durante los muchos años de hipoteca que te quedan por delante.

Para ganar, el banco debe demostrar qué tareas exactas realizó para cobrar esa comisión, que las hizo su personal y no una gestoría y que tú las pediste o aceptaste. Como es una cláusula que inventan para ganar dinero, pero no suele haber detrás tareas demostrables que cumplan todos estos requisitos, puedes reclamar que te devuelvan el dinero.

¿Posibilidades de éxito? Algunas, sobre todo por vía judicial ahora que hay sentencias en varias provincias españolas que consideran que la comisión de apertura es nula por ser abusiva, por estar impuesta sin negociar, por no demostrar en base a qué y crear un desequilibrio con el cliente.

Lo primero que puedes y debes hacer es localizar el párrafo de tu hipoteca donde viene impuesta la comisión. Fotocopias esa hoja y junto a un escrito de reclamación lo envías al SAC (Servicio de Atención del Cliente) de tu entidad.

Para saber cómo dirigirte al SAC pregunta en la oficina de consumo de tu localidad, con suerte te lo reclaman todo gratuitamente, o si no al mismo banco, donde te dirán si debes enviar carta, correo electrónico o ellos mismos lo mandan por valija interna.

Si en dos meses no recibes respuesta o es negativa, reclama al Banco de España. A veces puede ocurrir que te dé la razón, si bien no es una institución que cumpla bien con su trabajo porque más que supervisar a la banca tiende a protegerla. Escasamente le da tironcillos de orejas y se limita a publicar estadísticas de reclamaciones que a los periodistas nos sirven para poner el foco en los asuntos más abusivos y reclamados por los clientes.

Si esto tampoco te funciona, sólo queda la vía judicial. Consulta con un abogado experto en Derecho financiero, que haya llevado y ganado casos de cláusulas abusivas. Desgraciada y afortunadamente cada vez hay más profesionales de este tipo. En la primera consulta, que suele ser gratuita, llévale el contrato de la hipoteca y pregúntale si tienes más cláusulas abusivas.

Como el 90% de las hipotecas las incluyen lo más probable es que cargues con alguna más; seguro que puedes reclamar los gastos de la hipoteca y quizá algo más también. En ese caso, pregúntale qué comisión cobra (por encima del 15% es un abuso) y asegúrate de que sea al final, cuando has ganado, que no tengas que adelantar dinero. Pide también que al banco se le condene en costas, para que no tengas que pagar por el juicio si ganas.

Aunque recuperes poco, si por ejemplo te devuelven 1.500 € descontando lo del abogado, bienvenido sea, es tuyo. Si consigues más porque tienes más cláusulas abusivas, razón de más para reclamar. Si no puedes pagar a un profesional, contacta con el Colegio de Abogados de tu provincia y pregunta si cumples los requisitos para reclamar con justicia gratuita.

3 pensamientos en “Cómo reclamar la comisión de apertura

  1. Esperanza

    Me ha dejado sorprendida que se recomiende a la persona que debe acudir al auxilio judicial, que se asegure de que el abogado no le cobre nada hasta el final, que no adelante dinero. Como abogada, me ofende que se den ese tipo de consejos porque, si un cliente contrata los servicios de un abogado, debe pagar por su trabajo, que consiste en asesorarle adecuadamente (se hace al inicio, en la primera consulta), interponer la demanda (inicia el procedimiento) y proseguir con los restantes trámites procesales tratando de obtener un resultado que ni siquiera obtiene sin que un tercero, quien juzgue el asunto, lo considere así. Por tanto el trabajo se realiza y no es de rigor que se cobre al final porque si se gana, debemos esperar que se nos pague, y en muchas ocasiones somos los letrados los que nos vemos obligados a interponer la correspondiente jura de cuentas porque no nos pagan. La condena en costas, si se produce, hace referencia a que será el condenado quien corra con los gastos de abogado y procurador de la parte ganadora, pero previamente se ha debido entregar, por parte del cliente, una provisión de fondos, porque a los abogados, los pleitos, nos generan gastos (desplazamiento, horas en los juzgados, atención al cliente cuantas veces lo requiera durante el pleito…) Es como si a los profesionales de la construcción cobrasen todo al final de la obra, cuando te la entregan, obligandoles a soportar, entre tanto, el gasto de material, de los trabajadores, y de las licencias.

    Mi trabajo no es de resultado, igual que pasa con el del médico, el del psiquiatra, el del bombero y el de tantos otros profesionales. Por eso no se cobra al final y sólo si se gana. Se cobra por trabajar, como se exige en cualquier otro trabajo.

    Un saludo

    1. Jesús Caldado

      Absolutamente de acuerdo contigo Esperanza, es indignante que se menosprecie el trabajo que realiza un abogado. Si tan fácil es, ¿por qué no lo hace cada uno en su casa? A un abogado, al igual que A CUALQUIER PROFESIONAL, SE LE PAGA POR LO QUE SABE Y POR LO QUE HACE. Desde el asesoramiento, hasta la preparación de la demanda y su correspondiente presentación.

      Me parece correcto que se diga que “no es obligatorio asistir con un abogado si la cuantía es inferior a 2.000€, pero… tengo un cliente que me vino diciendo que “él quería reclamar sus 1400″, observando su caso específicamente, vamos a reclamar 4.000€…. El hecho de que alguien esté orientado, no quiere decir que sepa de algo, PARA ALGO HAY PROFESIONALES QUE SE DEDICAN A ELLO, no puedo saber qué pastillas tomarme, pero si algo se me va de las manos, voy a un MÉDICO.

      ¿te dejarías operar por alguien que escribe cuatro líneas en internet sobre cómo hacerlo en casa? Pues yo tampoco iría a juicio sin un abogado. Soy abogado, especializado en derecho bancario y civil, y si me ocurre algo en tema de derecho penal (Dios no lo quiera) lo primero que haré será contratar A UN BUEN ABOGADO, que mi salud vale más que 4 duros.

      Un saludo!

    2. Antonio

      Tambien tienes que entender y comprender que hay persona que no pueden pagar abogados pir su situacion economica para ello esta este mecanismo de la justicia gratuita y por poner ejemplos igual qu tu lo pones una persona que no pueda pagar un medico que tiene que hacer morirse o que, no todos tenemos la suerte de tener un trabajo y el que lo teniamos lo perdimos por ina crisis que nosotros no provocamos le contesto asi y sin animos de ofender un saludo y adios

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