La cláusula de vencimiento anticipado ya no es nula

Otro capotazo a la banca para que no haga aguas

Esto sí que no lo esperábamos. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado por primera vez la razón a la banca, rompiendo una estupenda racha de ser el único que daba la razón a los indefensos clientes españoles.

Desdiciéndose a sí mismo, como ya hiciera también el Tribunal Supremo en España con el asunto de quién debía pagar el impuesto de las hipotecas, el tribunal europeo acaba de cambiar de opinión sobre la cláusula de vencimiento anticipado.

Según esta cláusula, con que dejes de pagar un sola cuota de la hipoteca el banco te puede quitar el piso ejecutando el préstamo e iniciando después el proceso de embargo. Lo que sigue es terrible: pierdes la casa, que se subasta por cuatro perras, y encima le sigues debiendo dinero al banco porque lo que ha conseguido subastando la casa ha sido insuficiente para cubrir lo que debías de hipoteca.

Como no se ponían de acuerdo en qué había qué hacer con esta cláusula, tanto un juzgado de Barcelona como el Tribunal Supremo preguntaron al TJUE qué opinaba. Éste primero dijo que era una cláusula abusiva y, por tanto, nula. Pero hace poco ha cambiado de opinión: ahora no le parece que la ejecución de una hipoteca deba pararse sólo porque tenga una cláusula abusiva.

Hasta ahora, desde que este tribunal dijo que se paralizaran los desahucios de hipotecas con cláusulas abusivas, se habían paralizado 15.000. Demasiados para la banca… Demasiados porque perjudicaban sus intereses económicos, ya maltrechos por el Euríbor bajo y las indemnizaciones a pagar por otros abusos como el suelo o las multidivisa.

Por eso ahora el Tribunal europeo se echa para atrás y dice que cualquier ejecución hipotecaria puede seguir adelante aunque haya cláusulas abusivas. Toma capotazo en la línea de los que suele echar el Tribunal Supremo a los bancos.

En el caso de la cláusula de vencimiento anticipado dice que con que el juez que lleva el caso cambie la cláusula de la hipoteca ya es suficiente para que siga adelante la ejecución. Por ejemplo, con cambiar que se ejecuta al tercer impago seguido en lugar de cuando dejas a deber un solo mes, es bastante para seguir con la ejecución y el embargo.

Esto de que a los 3 meses de no pagar te ejecutan la hipoteca es algo que sí aparece en la ley, al menos en la que hay vigente, de tiempos de Zapatero, porque la nueva que viene es diferente. Precisamente para evitar estos mamoneos, para las hipotecas que se firmen a partir del 16 de junio la norma es otra.

Se podrá ejecutar una hipoteca durante la primera mitad del plazo si dejas de pagar el equivalente a 12 cuotas, sin que eso suponga más del 3% del dinero que te prestaron. Si dejas de pagar durante la segunda mitad del plazo, ese porcentaje asciende al 7% o a que estés, como mínimo, 15 meses sin pagar la hipoteca.

Peeeeero, esto no es con carácter retroactivo: no vale para las hipotecas ya firmadas. Así que esos 15.000 préstamos con ejecución iniciada que estaba paralizada ya tienen vía libre para que el juez dictamine que dicha ejecución puede seguir adelante.

El colmo de los colmos es que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea le ha comprado el argumento al Tribunal Supremo, diciendo que esto encima será bueno para los clientes atrapados en semejante situación de abuso. ¿Cómo se te queda el cuerpo?