La cláusula de vencimiento anticipado otra vez se decide en Europa

Y vuelta la mula al trigo…

Nos volvemos a topar con el TJUE, o sea el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que es el que al final resuelve, generalmente a favor de los clientes, las cláusulas abusivas de las hipotecas españolas que el Tribunal Supremo no ha tenido las narices de condenar o que ha sentenciado de forma floja y muy conservadora, por lo general barriendo para la banca.

Esta vez nos lo encontramos por un tema viejo, ya manido, pero que no termina de resolverse: el de la cláusula de vencimiento anticipado, muy típica en las hipotecas a tipo fijo, pero también presente en las de tipo variable. Esa cláusula por la que el banco puede pedir que de repente pagues todo lo que debes de hipoteca si le has fallado en el pago de alguna mensualidad.

El tema comenzó en 2011, en plena crisis, cuando CatalunyaCaixa echó de casa a Mohammed Aziz por deber 453 € y sólo representaban el 0,3% de la hipoteca. Como es y sigue siendo una barbaridad, Mohammed demandó al banco en 2013 y su abogado preguntó por el tema al Tribunal Europeo.

La respuesta fue positiva y, desde entonces cualquier juez puede evitar que alguien pierda su casa si en el contrato de la hipoteca ve alguna cláusula abusiva como ésta del vencimiento anticipado. A raíz de entonces también se cambió la ley y hay que acumular 3 impagos mensuales para ejecutar la hipoteca.

En un intento de zanjar el problema, el Gobierno ha incluido en la nueva norma hipotecaria que sólo se puede pedir que el cliente pague toda la hipoteca si acumula impagos de, como mínimo, el 2% de la hipoteca, intereses incluidos. O bien si está 9 meses sin pagar durante la primera mitad del plazo o 12 meses en la segunda parte. Peeeeero… Como no se termina de aprobar esta reforma, esto todavía no sirve y estamos en manos de lo que diga el Tribunal Supremo.

¿Por qué? Porque el caso ha vuelto a sus manos y, como no quiere perjudicar más a la banca, tras la cláusula suelo, las multidivisa y los gastos de la hipoteca, el Tribunal Supremo ha preguntado al Tribunal Europeo si de verdad los jueces españoles pueden paralizar un desalojo en caso de ver cláusulas abusivas o no.

Este tribunal tan majo ya dijo que sí, que esto era así tras el caso de Mohammed, por lo que es de esperar que nos vuelva a dar la razón, pero mientras tanto los jueces españoles tienen las manos atadas.

En esta ocasión, el Tribunal Europeo va a revisar casos de Abanca, BBVA y Bankia, por el mismo tema de la cláusula de vencimiento anticipado, pero es de esperar que su respuesta, que aún tardaremos en conocer, sirva para todos los casos parecidos de todos los bancos.