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El por qué de los gastos de compraventa con hipoteca

Una sangría de dinero

Una sangría de dinero

Cuando compras una casa tienes que pagar un montón de cosas, que aumentan si lo haces con hipoteca. Cada cosa tiene un por qué, que te vamos a aclarar a continuación.

Antes de decidir si el banco te da la hipoteca, la entidad te pide dos cosas: tasación y nota simple de la vivienda. Tú puedes aportar ambas cosas, si bien el banco a lo mejor no lo acepta por querer controlar todo el proceso. Pero tú insiste porque puedes ahorrar dinero.

Una nota simple cuesta 3,60 euros aproximadamente y puedes conseguirla yendo al Registro de la Propiedad del municipio donde está la vivienda y rellenando un impreso. Te la dan en el acto. También te la mandan por Internet por 9 €. Siempre será más barato que los casi 22 € que cobran los bancos. Eso sí, tiene que estar actualizada.

La tasación también puedes aportarla tú siempre que tenga una antigüedad máxima de 6 meses y la realice una empresa homologada. Comparando precios puedes ahorrar respecto a lo que cobrará el banco, que prefiere que no te encargues de estas labores, pero que a su vez no te lo puede negar siempre que cumplas todo lo mencionado.

El notario cobra por dar fe de que compras una casa y de que firmas ciertas condiciones en la hipoteca. Es un mediador independiente que vela por los intereses de todas las partes y te ayuda a resolver problemas con el banco o con el vendedor, aseguraándose de que todo es legal y no compras una casa con cargas de ningún tipo.

El Registro de la Propiedad anota para constancia oficial y pública que la casa está a tu nombre y que tiene una hipoteca. La Agencia Tributaria de tu comunidad autónoma cobra impuestos por comprar la casa y por inscribir la hipoteca, es lo que se llama Actos Jurídicos Documentados (AJD) y es un porcentaje del precio de escritura de la casa. Varía según la comunidad autónoma y es lo más caro. Ya sabes, “Hacienda somos todos” y trinca de todas partes.

Si hay hipoteca de por medio, el banco quiere controlar todo e impone que estos trámites los realice una gestoría con la que trabaja habitualmente y que suele cobrar unos honorarios muy abultados, en ocasiones abusivos, como por ejemplo 500 € por la compra de la casa y otros 500 € por los trámites de la hipoteca. La cifra final varía de un banco a otro. Primero te realizan una provisión de fondos, o sea retienen un dinero en tu cuenta en previsión de los gastos, y al final te cobran lo que realmente ha costado el proceso.

Por eso, antes de meterse en la compra de una vivienda hay que tener ahorrado para correr con los gastos asociados, máxime si se hace con hipoteca, ya que aumentan hasta rondar el 10%. En una entidad y dependiendo del importe de la hipoteca serán inferiores a ese porcentaje, pero en otro casos puede llegar hasta el 12% o el 15% del precio del piso.

Esto demuestra lo lucrativo que es para varios colectivos la compra de una vivienda, sobre todo co hipoteca, y que por ello se fomente mucho más la compra que el alquiler, con menos trámites y sin tantos costes extra para el inquilino.

Precauciones antes de firmar una hipoteca

El mejor consejo es mirar todo bien y preguntar al que sabe para no meter la pata

¡Compruébalo todo!

Una vez que tienes claro que te quieres comprar una casa y necesitas financiación es la hora de ir de banco en banco.

Internet te ahorrará tiempo, pero no todas las webs de los bancos incluyen la FIPRE (Ficha de Información Precontractual) donde las entidades están obligadas a incluir toda la información básica de cada una de sus hipotecas y de ponerla a disposición de los clientes en todos los medios de comunicación disponibles.

Pero, como digo, siguen siendo opacos y dan pocas o ninguna pista en su web, forzándote a llamar o a ir a una sucursal. Lo que pone en esta FIPRE no compromete al banco a cumplir nada  en el futuro, pero te sirve para saber qué ofrece y comparar detalladamente unas hipotecas con otras.

Cuando ya te has decantado por varios préstamos, ve al banco y pide la FIPER (Ficha de Información Personal), donde la entidad pondrá las condiciones que te ofrece después de haber estudiado toda la documentación que acredita tu situación laboral, personal, financiera, etc.

Este documento tampoco le obliga a nada, pero te informa de qué te ofrece realmente a ti, que puede ser bastante mejor o peor que las condiciones generales para cualquier cliente. Es cuando toca negociar y enseñar las FIPER de la competencia para lograr que te mejoren las condiciones.

Cuando te decantes por un banco en concreto es hora de extremar las precauciones. Una vez que te han concedido la hipoteca, tras realizar una tasación (que tú puedes aportar siempre que tenga como máximo 6 meses y esté hecha por empresa homologada) y averiguar si la casa tiene cargas (se pide una nota simple que tú puedes aportar para ahorrar 20€), utiliza tu derecho de elegir el notario que quieras (uno cerca de casa o del trabajo, por ejemplo) y 10-15 días antes pregunta cómo va el proceso de compraventa.

El banco habrá tenido ya que llamar a tu vendedor para pedirle documentación sobre su hipoteca (si tiene), titularidad de la casa, certificados de estar al corriente de pagos en comunidad de propietarios e IBI, y certificado energético. Tú sólo tendrás que aportar las capitulaciones matrimoniales y el libro de familia, en caso de estar casado, y el DNI original envigor.

Pide también que, como mínimo 3 días antes de firmar, te envíen el contrato de la hipoteca y la oferta vinculante, que aunque no es obligatorio que la den, es la que tendrás que presentar en un juicio si tuvieras que demandar al banco por abusos o problemas.

Léelo todo detenidamente y pregunta al banco lo que no entiendas. No estará de más consultar con amigos o familiares que sepan del tema o incluso con un abogado (algunos seguros ofrecen consultas legales gratuitas). Recurre a todo antes que firmar una hipoteca con abusos o aspectos opacos que no comprendas y te puedan generar problemas.

Llama también a la notaría porque desde tres días antes tienen el contrato y lo leen, con el deber de informarte gratuitamente si han visto cláusulas abusivas o algo raro, o para aclararte lo que no entiendas. El día de la firma lee todo también en la notaría para comprobar que lo que habías visto y negociado es lo que finalmente vas a contratar ante notario. Después no hay vuelta atrás.

Cómo hacer una cancelación registral de hipoteca

Hazlo tú mismo/a

Hazlo tú mism@

Cuando por fin llega el tal ansiado y soñado momento de terminar de pagar el préstamo, te encuentras con la cancelación, bien porque vendes la casa y con parte de lo que te pagan liquidas el saldo pendiente, bien porque terminas de pagar la última cuota, despidiéndote ¡por fin! de la deuda.

Lo primero es mirar si el banco te cobra comisión por cancelar la hipoteca antes de tiempo, que en caso de existir no supera el 1%. Después hay que hacer una cancelación registral de la hipoteca.

Esto es así porque, cuando la firmaste, el banco la inscribió en el Registro de la Propiedad, porque así, si alguna vez acumulas tres impagos y quieren ejecutar la hipoteca, se consigue más rápidamente al demostrar su existencia con facilidad a través del Registro.

Para llevar a cabo la cancelación registral de la hipoteca lo primero que necesitas es un certificado de deuda cero (o de saldo cero), que por mucho que les moleste, el banco te debe dar gratis en el momento o al día siguiente. Algunas entidades pretenden cobrar entre 15 € y 200 €, pero el Banco de España reconoció en 2010 que es un derecho gratuito del cliente.

En cuanto vas a pedirlo tratarán de convencerte de que la cancelación registral es algo lioso, farragoso, complicado y muy difícil de hacer para ti, porque ni siquiera querrán explicarte en qué consiste, cuando realmente es algo sencillo y que puedes hacer por tu cuenta -si tienes tiempo y ganas- ahorrando entre 500 y 1.000 €, sobre todo en abultadas comisiones bancarias y abusivos gastos de gestoría.

No te dejes comer la moral, si quieres hacer la cancelación registral de tu hipoteca, aquí te explicamos cómo. Llevas el certificado de deuda cero a una notaría, la que quieras. Encargas la cancelación registral, por lo que te cobrarán entre 90 € y 200 €, tardando apenas unos días en tener la escritura de cancelación.

Esa escritura no es otra cosa que un documento en el que el notario da fe de que has devuelto al banco hasta el último céntimo y no queda deuda pendiente. Para ello, mira el certificado del banco y llama a un apoderado que se desplaza hasta la notaría para confirmar que ese certificado es de su banco y que, efectivamente, ya no debes nada.

Otro de los miedos que te intentan meter en el cuerpo en la sucursal bancaria para que lo contrates con ellos es que el apoderado tardará semanas o meses en ir a la notaría y que irá cuando le dé la gana, algo que en la práctica no es verdad. El objetivo del banco es que les encargues la cancelación registral y ganar mucho dinero con ello, ya que eligen una gestoría que te inflará la tarifa y el banco te cobrará comisión por cada gestión que haga, abultará la tarifa notarial y cobrará entre 150 y 200 € por que el apoderado vaya a la notaría, cosa que si encargas tú no te cuesta.

Con la escritura de cancelación en la mano liquidas los impuestos de tu comunidad autónoma, que actualmente son cero (están exentos de pago). Esto se puede hacer, mediante el formulario de Actos Jurídicos Documentados, de forma presencial en una oficina de Hacienda o a través de Internet. Después presentas el papeleo en el Registro de la Propiedad, que en dos o tres semanas te avisará de que ya ha cancelado el registro de tu hipoteca y puedes pagar el arancel por hacerlo, que suele costar entre 24 € y 84 €.

La forma de ahorrárselo es esperar a que pasen 20 años del último pago de la hipoteca, ya que en ese momento prescribe (caduca) dicho registro. Pero como muchas veces la casa se vende antes o se usa como aval, pues mejor dejar las cosas bien cerradas para que tu antigua hipoteca no conste en ningún sitio más y desaparezca para siempre.

Si quieres comprobar que no hay ni rastro de ella, puedes pedir en el Registro de la Propiedad una nota simple de la vivienda, cuyo coste está entre los 3 € y los 9 €, aunque esto no es necesario, sólo algo opcional para tu tranquilidad.

Qué te puedes deducir en la Renta si compras o vendes un piso

Ya que te has gastado un montón, llega el momento de recuperar algo.

Ya que te has gastado un montón, llega el momento de recuperar algo

Comprar o vender una casa es un gasto que va más allá del precio que pagas al vendedor. Y si compras con préstamo es mucho más caro, porque la hipoteca debe inscribirse en un registro (la casa también), hay por medio un notario (con tarifas por las nubes), una gestoría, una tasación y el pago de impuestos, entre otras cosas.

La ventaja es que estos gastos te los puedes desgravar en Hacienda, empezando porque si para pagar la casa utilizas dinero que obtienes con la venta de otro piso, puedes no abonar impuestos si todo lo obtenido por vender una casa lo inviertes en la compra de otra vivienda habitual en los dos años siguientes a la venta del piso. Esto es automático en mayores de 65 años, aunque no reinviertan en otra vivienda.

Así no tienes ganancia patrimonial y no debes tributar a Hacienda. Eso sí, sólo cuenta que lo inviertas en comprar la casa; muebles, reformas, electrodomésticos y otras cosas de ese tipo están excluidos.

Para demostrarlo, ni se te ocurra aceptar un euro en negro de los compradores, ya que ahora mismo los abogados que he consultado te “desaconsejan rotundamente” que lo hagas. Primero porque Hacienda está a la que salta y revisa todo mucho más que antes. Y así como esto de pagar o aceptar algo de dinero en B era una práctica habitual hace unos años, ahora está más perseguido y por menos de nada, como el Fisco se entere, os cascan una multa a ambas partes porque es ilegal.

Segundo porque si coges dinero en negro no puedes usarlo para comprar otra casa si tu vendedor no te lo acepta. Además tienes que tener en cuenta el valor en el que el piso se escrituró cuando lo compraste, ya que no se puede escriturar ni muy por debajo ni muy por encima si es que el mercado no ha variado tanto los precios en realidad.

Tanto si compras como si vendes una vivienda te puedes desgravar en la Renta de ese año, que es la que presentas al año siguiente, los gastos que te haya ocasionado comprar o vender. En el caso del vendedor: la certificación energética, que por menos de nada te cuesta entre 60 € y 120€ (según el profesional que contrates y los metros cuadrados; suelen cobrar a un euro el metro cuadrado, más IVA); también te desgrava la plusvalía -que se paga según el valor catrastral-, lo que has pagado a la agencia inmobiliaria -si has usado sus servicios- y otros gastos de gestoría o notario, si has tenido que pagarlos.

Si eres el comprador te puedes desgravar todo lo que has pagado para adquirir la vivienda: notario, tasación, gestoría, gastos en Registro de la Propiedad, Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), etcétera. Para ello, guarda todas las facturas y sácalas al año que viene delante del gestor que te haga la Renta o úsalas para hacerla por tu cuenta.

Qué hacer si heredas una hipoteca

Se hereda todo: dinero o deudas

Se hereda todo: dinero o deudas

Puestos a heredar, se puede heredar todo. No sólo el dinero o el piso… También las deudas. ¿Pero sabes qué hacer si heredas una hipoteca?

Lo primero que debes hacer es contárselo al banco, ya que cada mes emite el recibo de la cuota a la cuenta asociada a la hipoteca, que estará a nombre de la persona fallecida. Después hay que ir al notario para leer el testamento y hacer los trámites oportunos.

Según el Código Civil, heredar es un derecho, no una obligación, así que puedes renunciar a la herencia si no quieres cargar con las deudas o no puedes pagar los costes que supone adjudicártela.

Lo puedes hacer de tres formas: renuncias completamente; recibes toda la herencia (incluyendo hipoteca y otras deudas) o aceptar la herencia a beneficiario de inventario. Esto último significa que se realiza una lista de todos sus bienes, se liquidan las deudas y cobras lo restante (si es que sobra algo).

¿Pero qué pasa si la hipoteca tiene más de un titular? Pues que en caso de aceptar la herencia te conviertes en cotitular de la hipoteca, lo que deberás informar al banco. En cambio, si no aceptas la herencia, el otro titular/es se tendrá que hacer cargo de la deuda en solitario.

Si hubiera avalista, te seguirá avalando igual en caso de que aceptes la herencia. Si la rechazas, también mantendrá el mismo papel hasta que la deuda esté completamente pagada.

Para arreglar el papeleo con el banco en cualquiera de los casos tienes que entregarle el certificado de defunción, el de últimas voluntades y testamento o declaración de herederos. Si aceptas la herencia, también el certificado de adjudicación de la misma (que se realiza ante notario) y el resguardo del pago del impuesto de sucesiones, si es que se paga en tu comunidad autónoma. Entonces el banco te entregará toda la información de lo que la persona fallecida tenía en la entidad (cuentas, depósitos, hipoteca, etc…). Si por el contrario has rechazado la herencia, deberás llevar la escritura pública de renuncia.

También puede ocurrir que la hipoteca fuera de las que llevan aparejado en la vinculación un seguro de vida. En ese caso hay que entregar toda la documentación al banco y al seguro, y después comprobar si es de esos seguros que pagan toda la hipoteca o sólo la parte de la persona fallecida. En ese caso, los herederos no tienen que pagar nada.

Los derechos más desconocidos de las hipotecas

Pongamos luz donde más se necesita

Pongamos luz donde más se necesita

Cuando te comprometes con una hipoteca tienes muchos deberes… pero también derechos. Aprovechándose del gran desconocimiento generalizado en la mayoría de la población sobre el tema, la banca ha realizado multitud de tropelías como el redondeo al alza de las cuotas, intereses de demora abusivos, y la tristemente archifamosa cláusula suelo, entre otras cosas.

En todo ese océano de desconocimiento flotan algunos derechos fundamentales que tenemos y que a veces no sabemos, o no recordamos. Que no nos dé vergüenza usarlos o hacerlos valer, son nuestros y podemos utilizarlos.

Uno es el derecho a elegir la vinculación que se asume con el banco. No tienes por qué firmar cosas que no quieras. Lo único obligatorio es el seguro contra incendios, que entra dentro de las coberturas del seguro de hogar. Lo demás es opcional y sólo debes firmarlo si te interesa tenerlo (a ti, no al banco), porque esa bajada del diferencial que consigues a cambio de verdad compensa lo que pagas de seguros y otra vinculación, porque has calculado que de verdad ahorras. Míralo bien porque no siempre es así.

En caso de que asumas esa vinculación, tú puedes elegir con qué empresa contratar los seguros, no tiene por qué ser la que diga el banco. Lo único que te puede exigir es que, si te comprometes a tener seguros, lleves una póliza que lo demuestre, independientemente de cuál sea la aseguradora. Por defecto te hacen contrato con sus empresas, porque así ganan más dinero, pero puedes cambiarte a la que tú quieras, o incluso anular el seguro, porque sólo es necesario durante un tiempo para mantener el diferencial más bajo.

También puedes ir desde tres días antes al notario para que te explique con pelos y señales qué vas a firmar en la hipoteca, avisándote si ve algo raro. Este asesoramiento es gratuito, porque entra dentro de todo lo que pagas por sus servicios.

El banco también está obligado a contarte todo lo que firmas con la hipoteca, tanto derechos como obligaciones, así que no te vayas de la sucursal sin tener todo más claro que el caldo de un asilo.

Otra cosa que los bancos solían imponer, y desde hace un tiempo tenemos derecho a elegir, es la tasadora. Si la compra de una casa se realizar mediante hipoteca es obligatorio que una empresa independiente y profesional tase la vivienda. No tiene por qué ser la tasadora del banco, puedes escoger la que te parezca. Además ahorrarás dinero con ello.

Si las cosas te van mal y no puedes pagar todas tus deudas, tienes derecho a elegir cuál afrontar primero (casa, coche, préstamo personal…) y no la que te diga el banco. Y si al final ejecutan la hipoteca, puedes vivir en la casa mientras dure todo el proceso, que se puede prolongar durante más de un año.

Cláusulas abusivas más frecuentes en la hipoteca

Expertos en camuflaje

Expertos en camuflaje

De abusos está el mundo lleno, y el mundo hipotecario más. Los bancos no siempre llaman a las cosas por su nombre, les gusta camuflarlas, esconderlas, hacerlas pasar por lo que no es, y sobre todo no explicarlas con claridad.

De aquellos barros vienen estos lodos: la banca en general se creyó muy lista ocultando algunas cosas y ya llevan unas cuantas sentencias en contra por cosas como clips, swaps, cláusulas suelo, de vencimiento anticipado, redondeo al alza, hipotecas multidivisa o intereses de demora indecentemente altos.

Algunas están prohibidas por Ley, otras por el Tribunal Supremo y otras sólo se consiguen eliminar gastándose los cuartos en abogados y a golpe de sentencia.

El redondeo al alza de las hipotecas consistía, como su propio nombre indica, en redondear hacia arriba la cuota de la hipoteca. Por ejemplo, si el interés resultante era 2,867% el banco aplicaba el 3%. Caja Madrid, ahora intengrado en Bankia, fue una de las cajas que más lo hicieron.

La cláusula suelo es un límite que los bancos se sacaron de la manga antes de la crisis para compensar el dinero que iban a dejar de ganar cuando el Euríbor cayera por los suelos.

Sabían que eso ocurriría y se inventaron un interés mínimo que el cliente pagaría si al suma de Euríbor y diferencial era inferior al suelo pactado. Tiene sentencias en contra de varios tribunales, incluido el Supremo, y ahora la cuestión es desde cuándo tienen los clientes derecho a cobrar el dinero que han pagado de más. De momento, salvo nueva sentencia en contra, es desde el 9 de mayo de 2013.

Algunas entidades también ponían una cláusula techo, a veces del 10% o 12%, totalmente descompensada con el suelo porque el máximo alcanzado por el Euríbor queda muy lejos, en el 5,393%.

El interés de demora aplicado por algunas entidades ha sido abusivo. El 29% por pagar con retraso alguna cuota es leonino, igual que cuando te cortaban una libra de carne (¡¡de tu carne!!) por retrasarte en los pagos en la Edad Media. Tras una ley del Gobierno ya no puede ser más de tres veces el precio legal del dinero, o sea actualmente el 12%.

La última en sufrir un varapalo judicial (esta vez contra el BBVA) ha sido la cláusula de vencimiento anticipado, mediante la cual el banco te puede pedir que pagues todo lo que debes sólo con que no abones una mensualidad.

Si crees que el banco no te lo ha explicado todo correctamente o no te fías, pregúntale al notario. Tiene el contrato de la hipoteca desde mucho antes en su despacho y puedes ir un día y preguntarle si ha visto algo raro y que te explique qué vas a firmar. Este asesoramiento está incluido en el precio por sus servicios en la compraventa del piso.

Si todo ha ido mal y no parece que haya vuelta atrás porque te han ejecutado la hipoteca, el juez puede parar tu desahucio si ve alguna cláusula abusiva en el contrato. Algo es algo.

Errores a evitar antes de firmar la hipoteca (II parte)

Hipotecas (24)

Calcula y compara

Tras el artículo del miércoles, seguimos con las meteduras de pata fáciles de evitar antes de firmar una hipoteca.

Es habitual pecar de ingenuos, cómodos y rápidos, sin leer el contrato de la hipoteca o asegurarse de entender de pe a pa lo que se va a firmar.

Si lees y no comprendes, contrata un abogado que lo explique, pregunta a un amigo o familiar que sí sepa o pide ayuda al notario, que tiene el deber de asesorarte gratuitamente en todo lo que respecta a la hipoteca, así te tires la mañana entera.

Los contratos hipotecarios están tres días antes de la firma en el notario. Desde hace un tiempo los notarios pueden parar la firma de una hipoteca si ven cláusulas abusivas. Pregúntale si tu préstamo las tiene y no firmes nada con suelo, ni clips, ni swaps, ni intereses de demora abusivos. Evita las comisiones y contratar demasiados productos. La vinculación, cuanto más baja mejor.

Si pides la hipoteca con alguien, hay que dejar bien claro qué parte tiene cada persona para prevenir problemas futuros al no estar casados ni inscritos como pareja de hecho. En caso de ser novios se pueden acordar unas reglas y elevarlas a escritura pública, lo que cuesta unos 60 €.

No cojas la hipoteca con el diferencial más bajo, sino con la TAE más baja. Es lo que realmente pagarás por el préstamo, ya que incluye seguros, comisiones, intereses… Tampoco te lances a contratar todos los seguros ni productos. Calcula el coste de la hipoteca con ellos y sin ellos para saber si te compensan. Para esto tienes muchos simuladores en internet.

Los bancos no te pueden obligar a contratar productos, aunque sí los utilizan como gancho para bajarte el diferencial a cambio. Lo único que marca la ley que hay que tener es un seguro antiincendios, incluido en el seguro de hogar.

Hay que buscar y comparar hipotecas. Las de la banca online suelen ser las mejores. En este blog se publica un análisis mensual de las 10 mejores hipotecas y los dos mejores préstamos de intermediarios financieros. Ten en cuenta que estos últimos cobran unos honorarios que oscilan entre el 1% y el 5%.

Los notarios crean una web sobre cláusulas abusivas

La ayuda siempre es bienvenida

La ayuda siempre es bienvenida

Los notarios están que lo tiran. En este caso nos tiran un salvavidas para que podamos discernir con mayor claridad si tenemos alguna cláusula abusiva en la hipoteca o si nos la quieren colar en ofertas bancarias que tengamos entre manos.

Cláusula suelo, clips, swaps, intereses de demora, redondeo al alza… ¡Hay tantas cosas de las que huir…!

Esta ayuda viene en forma de página web, creada por el Órgano de Control de Cláusulas Abusivas (OCCA) del Consejo General del Notariado, máximo órgano en el que se agrupan los notarios.

La web en cuestión recopila sentencias de juzgados lo Mercantil y de Primera Instancia, Audiencias Provinciales, Tribunal Supremo y Tribunal Europeo que vayan sobre cláusulas abusivas de las hipotecas, tanto si son sentencias firmes como si aún están en trámite. El caso es que podamos consultar si hay algo que huele mal en algún término de la hipoteca que no nos suene bien.

También podemos consultar la normativa vigente que nos atañe como consumidores y una revista digital con artículos de expertos en la materia. Ante tanta desinformación generalizada y, con el bajo nivel que en general se tiene sobre estos temas, esta herramienta es un lujo informativo que nos viene de perlas.

La web tiene un apartado que define qué es una cláusula abusiva y otro con las que ya han sido declaradas nulas o abusivas. A la derecha aparece un buscador muy interesante que nos facilita encontrar la información.

Se supone que el notario es nuestro aliado durante la firma de la hipoteca. Y no sólo porque se vaya a hacer pis o mire para otro lado cuando el sobre con dinero en negro cruza la mesa. Ese sobre con el que se paga lo que no se quiere declarar en la escritura para no chinchar más plusvalía.

También está de nuestro lado porque debe informarnos si en el contrato de la hipoteca ha detectado que hay alguna cláusula abusiva, tanto si va contra la ley de los consumidores, como si tiene una o varias sentencias o demandas judiciales en contra. Si ves que el notario no está muy colaborador, pregúntale directamente; no te cortes: aunque ponga cara de que le molesta, le pagas un dineral por vigilar y echar una firma.

Ya no hay excusas para hacer el canelo con el banco. Si algo te chirría, mira esta web o pregunta al notario, que luego es muy aburrido y muy caro sufrir las consecuencias, pedir que te lo quiten o denunciar ante los tribunales.

Los gastos de firmar una hipoteca

Comprar un piso es como viajar: tol día con el monedero abierto

Adquirir una vivienda es como viajar: tol día con el monedero abierto

Comprar una vivienda es caro. Y no sólo porque tengas que pagar al vendedor sino por los gastos asociados que conlleva, y que suelen suponer alrededor del 10% de lo que cuesta el piso.

Notario, gestoría, tasación, registro de la propiedad… Hay gastos fijos y otros que dependen de a cuánto ascienda la hipoteca. Hay gastos previos a su firma y otros posteriores.

- NOTA SIMPLE: el banco pide al Registro de la Propiedad un papelito donde ponen si la casa tiene cargas (deudas de anteriores propietarios, hipotecas, notas de embargo) y quién o quiénes son los titulares. Suele costar 30 €.

- TASACIÓN: Imprescindible por ley para que el banco se haga una idea del piso que vas a comprar y decida hasta cuánto te presta, que no suele ser más del 80% de ser una primera vivienda y del 70% si es una segunda residencia.

Antes era típico que el banco te obligara a que su tasadora estimara el precio del inmueble. Ahora también puede ser así, pero como no es obligatorio, puedes elegir tú la tasadora que quieras, siempre que sea oficial y esté registrada en el Banco de España. Una tasación te puede costar entre 200 € y 450 €, según el importe del piso.

- GESTORÍA: Se encarga de realizar todos los trámites burocráticos asociados a la compra del piso y sólo es imprescindible si se compra con hipoteca. Lo que te cobran varía mucho de una gestoría a otra (no hay tarifas oficiales) y depende también de la cantidad de gestiones que tengan que realizar. La suele elegir el banco.

- NOTARÍA: Los servicios del notario, aunque duran poco, son imprescindibles para hacer las cosas de forma legal. Este señor o señora dan fe de que se el piso pasa a ser tuyo/vuestro, en qué condiciones viene y cómo es la hipoteca que firmas. Lo suele elegir el banco y cobra unos ingresos fijos, según lo que valga el piso:

Precio del piso                 Cuánto cobra el notario

25.000 €                              700 €

50.000 €                              725 €

100.000 €                            775 €

150.000 €                            810 €

200.000 €                            850 €

250.000 €                            890 €

300.000 €                            930 €

400.000 €                            950 €

975.000 €                            975 €

 

- REGISTRO DE LA PROPIEDAD: Para que quede claro que el piso es tuyo/vuestro y de nadie más, el banco envía los documentos pertinentes al Registro de la Propiedad de tu ciudad que, por inscribir el inmueble a tu/vuestro nombre cobra unos honorarios fijados en esta tabla:

Precio del piso                     Tarifas del Registro de la Propiedad

25.000 €                                  295 €

50.000 €                                  320 €

100.000 €                                345 €

150.000 €                                370 €

200.000 €                                410 €

250.000 €                                450 €

300.000 €                                490 €

400.000 €                                530 €

975.000 €                                550 €

 

- COMISIÓN DE APERTURA: Algunos bancos cobran por abrir el préstamo hipotecario, lo que te puede incrementar el coste hasta un 2%, según la comisión establecida por cada banco.

- IAJD. Es el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, o sea la pasta que trinca tu comunidad autónoma, que cobra entre el 0,5% y el 1,5% (varía de una comunidad a otra) de todo: precio del piso, intereses, comisiones… En total, entre un 135% y un 200% de lo que vale la hipoteca. Un pastizal.

Si la hipoteca es una subrogación, es decir que te vas a la competencia, el banco al que dices adiós también puede cobrarte dinero. Antes, la entidad a la que te cambiabas se hacía cargo de los gastos, con tal de ganar un nuevo cliente, ahora no te prestan ni el boli para firmar.