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Varios jueces paran sentencias del IRPH esperando la opinión europea

Es cuestión de tiempo…

¿Has demandado al banco por el IRPH? ¿O planeas hacerlo pero no te atreves por la sentencia que emitió el Tribunal Supremo? A pesar de todo, no lo tienes todo perdido.

Ya vimos hace dos meses que algunos jueces estaban fallando a favor de los clientes, pese a que el Tribunal Supremo dijera en diciembre que el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) no es nulo ni abusivo porque no veía falta de transparencia.

Es así como lo miden todo: si el banco lo incluyó de forma transparente o no es la clave, igual que si hubo o no desventaja clara para el cliente, como en este caso la hay porque los 1,3 millones de afectados que hay se calcula que hay estáis pagando una media de 1.200 euros más al año que si tuviérais el Euríbor, en negativo desde febrero de 2016 y con progresión baja al menos un año y medio más.

No hay que perder la esperanza. Como ya dije a principios de año, no estaba todo perdido, siempre queda el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que es quien al final está poniendo las cosas en su sitio en España en torno a los abusos bancarios, como ya ha pasado con la cláusula suelo, la de vencimiento anticipado y los desahucios, entre otros.

Para que obre el milagro hay que elevar una cuestión prejudicial, que es preguntarle qué opina sobre el tema, algo que ya hizo un juez de Barcelona el pasado mes de febrero. La respuesta es vinculante para España, o sea que los jueces españoles deben hacer lo que diga este tribunal, que está por encima del Tribunal Supremo, mucho más conservador y tacaño al reconocer y castigar las tropelías de la banca.

Aunque la opinión del tribunal europeo se puede demorar hasta año y medio, para finales del año que viene, no pierdas la esperanza de ganar el caso y que te quiten ese lastre que te está haciendo pagar dinero de más.

Se puede demostrar que las cajas y bancos podían manipularlo a su antojo porque se calcula con los datos que dan ellos mismos sobre los intereses a los que conceden las hipotecas, intereses que pueden subir o bajar para modificar el IRPH según les convenga.

Da igual lo que haya dicho el Supremo el año pasado. Ahora la pelota está en el tejado del tribunal europeo y, por eso, algunos jueces de Madrid y Barcelona han paralizado sentencias. No quieren emitirlas para no entrar en conflicto con lo que se diga después en Europea y no perjudicar a los clientes.

Esto quiere decir que ven posibilidades de que este organismo opine contra el IRPH y, por qué no, fomente la devolución del dinero. Paran los casos y no emiten sentencias porque si un juez español emite un fallo negativo y luego en Europa la opinión es positiva el cliente podría verse perjudicado al estar ante situaciones contradictorias.

Me alegro de que estos jueces españoles sean tan conservadores y sensatos y, al igual que la asociación de consumidores Asufin, espero que más jueces (¡¡todos!!), dejen las sentencias y los casos en stand by, a la espera de ver qué opina el Tribunal Europeo, que ojalá sea favorable a los clientes.

Comisión de apertura: nuevo abuso que reclamar al banco

Otro palazo a evitar que te den con la hipoteca

¿Tienes comisión de apertura? ¿Sabías que puede ser abusiva y no tendrías por qué haberla pagado? Todo dependerá del juez con el que des porque esto se gana, de momento, por vía judicial, ya que aunque lo primero es reclamar a la entidad, es poco probable que el banco te devuelva el dinero sin sentencia que le obligue.

La semana pasada un juez de León dijo que no era abusiva, pero uno de Málaga, al igual que ya hicieran los de otras provincias, reconoció por primera vez en esa provincia que el cliente debe recuperar el dinero que pagó por la apertura del préstamo.

Ha sido una sorpresa para el propio abogado, que al principio no sabía si incluirla en una reclamación conjunta por más abusos (suelo, gastos de hipoteca, interés de demora…) y que al final ha sido un acierto porque el juez ha declarado que, aunque sí fue transparente, es nula porque es abusiva, ya que el cliente pagó más de 2.000 euros por ella.

Aunque el banco todavía puede recurrir esta sentencia porque no es firme, da pie a que se vuelva a sentenciar lo mismo en ese o en otro juzgado español: que la comisión de apertura es nula por abusiva.

De siempre he pensado que la comisión de apertura es un abuso del banco hacia el cliente, que la entidad justifica diciendo que es para cubrir los gastos administrativos y de gestión del principio del préstamo. Es cierto que formalizar un préstamo le da trabajo al banco, pero te obliga a pagar una gestoría y el resto se lo cobra con creces.

Dado que durante las décadas que dura una hipoteca se pagan miles de euros en intereses, ese servicio de abrir el préstamo debe considerarse más que cobrado. Igual que ya ninguna entidad cobra comisión de estudio, tampoco debería cobrarse apertura. Es pura avaricia y mucho morro.

La comisión de apertura no está presente en todos los préstamos, depende del banco y del momento. Los hay que nunca la han cobrado y están los que lo hacen según el momento. Durante los años duros de la crisis, cuando las hipotecas estuvieron también duras, se usó más.

Cuando se abrió el grifo del crédito a finales de 2013, dejó de utilizarse tanto. Había que atraer clientes y una buena hipoteca no cuenta con semejante puñalada nada más empezar. Al hundirse el Euríbor en negativo hace ahora justo dos años seguro que a alguna entidad le dieron ganas de rescatarla, pero los clientes toleramos mal las comisiones, como es lógico, y no se ha recurrido tanto a ella.

Sí que está muy presente en los préstamos a tipo fijo, muy populares desde hace un par de años, pero que resultan más caros, entre otras cosas porque incluyen esta pulla que normalmente supone el 1% de lo que te prestan, en ocasiones con un mínimo de 500 € y que en un préstamo de 200.000 € son 2.000 €.

Casi nada, ¿verdad? Por eso hay que tener cuidado al elegir la hipoteca, para que no nos cuelen abusos por todas partes. De hecho se calcula que el 90% de las hipotecas españolas cuenta con alguna cláusula abusiva. ¿Has mirado bien la tuya? Casi seguro que tienes algo que reclamar.

La Justicia española, contra las hipotecas multidivisa

La llama de la esperanza sigue más viva que nunca. Puedes ganar el caso

La llama de la esperanza sigue más viva que nunca. Puedes ganar el caso

Si tienes una hipoteca multidivisa estarás pendiente de conocer la opinión del Tribunal Supremo sobre un préstamo de Barclays (ahora Caixabank en España) firmado en yenes en 2008.

Es trascendental, porque lo que opine el Supremo promete ser el camino que seguirán el resto de jueces para el resto de sentencias que se dicten sobre las hipotecas multidivisa en el resto de juzgados.

El Alto Tribunal español aún está decidiendo sobre el caso, ya que el día que iba a emitir veredicto, el pasado 20 de septiembre, se le adelantó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) con su opinión sobre una hipoteca multidivisa firmada en Rumanía.

El TJUE dijo que como la cliente no había recibido suficiente información de los riesgos que corría firmando un préstamo en moneda extranjera ni qué era ese tipo de hipoteca exactamente, el contrato no se había firmado de forma transparente y, por lo tanto, es nula. Esto se extiende, según el tribunal europeo, al resto de hipotecas multidivisa de todos los países europeos, incluido España.

De ahí que ya haya tribunales españoles que, siguiendo esta sentencia, están fallando contra las hipotecas multidivisa, a pesar de que el Tribunal Supremo español aún no ha dado su opinión sobre el caso de Barclays. Precisamente a raíz de la sentencia del tribunal europeo, el Supremo paralizó su sentencia para estudiar lo que habían dicho en Europa y dio 10 días a las dos partes de su caso (el cliente y el banco) para presentar alegaciones.

La abogada del cliente perjudicado por Barclays presentó las alegaciones y confía en ganar el caso. Han sido muchos, por no decir todos, los clientes desinformados o inconscientes de los peligros de un préstamo en moneda extranjera, que en caso de aumentar de valor la moneda en la que tienen el préstamo, éste puede doblar su deuda.

De ahí que muchos jueces españoles ya hayan hecho suya también la opinión del tribunal europeo y estén fallando en contra de la banca y a favor de los clientes con multidivisa. Se han visto casos en Las Palmas de Gran Canaria, donde el 2 de octubre se dictó sentencia contra una hipoteca de Bankinter en yenes; el 6 de octubre en Navalcarnero (Madrid) por otro préstamo de Caixabank firmado en 2007 en yenes. El 9 de octubre, en Valladolid contra Bankinter.

En todos los casos se obliga a anular la hipoteca multidivisa, recalcular el préstamo en euros y asumir tanto las costas judiciales como el coste de firmar un nuevo contrato hipotecario donde se recojan las nuevas condiciones.

Todo apunta a que el Tribunal Supremo español dictará siguiendo la doctrina del tribunal europeo y sentará jurisprudencia, algo en lo que se sigan basando todos los jueces que, a partir de ese momento, se encuentren con préstamos multidivisa firmadas sin transparencia.

Se calcula que en España hay 70.000 hipotecas multidivisa para las que podría terminar esta pesadilla en yenes, francos suizos u otras monedas extranjeras. Aunque hay diferentes bancos y años implicados, muchos de estos préstamos fueron firmados en Bankinter y la mayoría entre 2007 y 2008.

¿Me puedo acoger al Real Decreto para reclamar el dinero del suelo?

Una ayuda con luces y sombras

Una ayuda con luces y sombras

Aparentemente, el Real Decreto aprobado por el Gobierno el pasado viernes puede ayudar a recuperar el dinero del suelo, si bien deja al cálculo del banco cuánto dinero ha cobrado de más y si quiere o no devolver el dinero.

Es un proceso obligatorio para los bancos y opcional para los afectados, que pueden ir a juicio directamente. Pero lo ideal es evitarlo de momento, así obligas al banco a reconocer que tiene una deuda y mojarse en calcular una cantidad. Con ello tendrás un material para ir a juicio con más solvencia si al final no estás de acuerdo en la cantidad que te ofrece o no quiere dártela.

Puedes seguir esta vía y reclamar el dinero tanto si has terminado de pagar la hipoteca como si aún queda deuda pendiente. Para velar por el cumplimiento del Real Decreto, se creará un órgano con representantes de la abogacía y los consumidores que tendrá que hacer seguimiento, control y evaluación de todo lo que ocurra. Aun así, quedan bancos aparte de BBVA y Cajamar que se resistirán a soltar un duro y agotarán todas las vías, porque defienden que lo hicieron bien.

El Real Decreto contempla que te pueden devolver el dinero siempre que te lo quitaran de forma opaca, o sea: con inclusión de un techo desproporcionadamente alto con respecto al suelo (12-15%); camuflándola entre otras cláusulas; sin avisarte ni darte por escrito de lo que te supondría económicamente (con un documento de posibles escenarios de pago donde vieras qué pasaba si el Euríbor + diferencial se ponían por debajo del suelo, como ha pasado); redactando un contrato que parecía el de una hipoteca a interés variable… En definitiva, no dejando bien claro que la hipoteca tenía una cláusula suelo.

¿Y Hacienda? Te pedirá que ajustes cuentas en la Declaración de la Renta de 2016, la que se presenta esta primavera. Contará como ganancia patrimonial sólo el dinero de los intereses de demora, por el que te pedirá un 19% si cobras menos de 6.000 €. El resto sólo tendrá que tributar si es tu vivienda habitual y durante los años que tuviste suelo Hacienda te devolvió dinero del IRPF porque te desgravabas la hipoteca.

En ese caso tendrás que devolver lo que cobraste en ese momento por el dinero pagado de más, o sea el 15% de lo que recuperes. La cifra sale de justo lo que te desgravas por la hipoteca, que es el 15% de hasta 9.040 € que pagues en cuotas cada año.