{"id":21093,"date":"2018-04-11T08:00:04","date_gmt":"2018-04-11T06:00:04","guid":{"rendered":"http:\/\/www.hipotecasyeuribor.com\/blog\/?p=21093"},"modified":"2018-04-08T14:02:14","modified_gmt":"2018-04-08T12:02:14","slug":"tengo-que-declarar-a-hacienda-la-indemnizacion-de-la-clausula-suelo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.hipotecasyeuribor.com\/blog\/noticias\/tengo-que-declarar-a-hacienda-la-indemnizacion-de-la-clausula-suelo\/","title":{"rendered":"\u00bfTengo que declarar a Hacienda la indemnizaci\u00f3n de la cl\u00e1usula suelo?"},"content":{"rendered":"<figure id=\"attachment_21104\" aria-describedby=\"caption-attachment-21104\" style=\"width: 300px\" class=\"wp-caption alignleft\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-medium wp-image-21104\" src=\"http:\/\/www.hipotecasyeuribor.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/04\/declaracion-de-la-renta-clausula-suelo-300x201.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"201\" srcset=\"https:\/\/www.hipotecasyeuribor.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/04\/declaracion-de-la-renta-clausula-suelo-300x201.jpg 300w, https:\/\/www.hipotecasyeuribor.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/04\/declaracion-de-la-renta-clausula-suelo-768x514.jpg 768w, https:\/\/www.hipotecasyeuribor.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/04\/declaracion-de-la-renta-clausula-suelo-1024x685.jpg 1024w, https:\/\/www.hipotecasyeuribor.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/04\/declaracion-de-la-renta-clausula-suelo-624x417.jpg 624w, https:\/\/www.hipotecasyeuribor.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2018\/04\/declaracion-de-la-renta-clausula-suelo.jpg 1280w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><figcaption id=\"caption-attachment-21104\" class=\"wp-caption-text\">Busca tu caso, hay un abanico de posibilidades<\/figcaption><\/figure>\n<p>Si eres una de las personas afortunadas que <strong>el a\u00f1o pasado cobr\u00f3 lo que el banco le hab\u00eda <em>robado<\/em> con la cl\u00e1usula suelo<\/strong>, te estar\u00e1s preguntando si debes declararlo a Hacienda, ya que esta <strong>Campa\u00f1a de la Renta 2017<\/strong> es la primera en la que afecta este tema. La respuesta depende de <strong>c\u00f3mo<\/strong> hayas cobrado la indemnizaci\u00f3n y de si te has desgravado la hipoteca en a\u00f1os anteriores.<\/p>\n<p>Si has recuperado el dinero mediante sentencia judicial y el banco ha sido condenado a pagarte las <strong>costas, debes tributar por ellas a Hacienda como una ganancia patromonial<\/strong>. Se hace rellenando las casillas<strong> 524 y 526<\/strong> de la declaraci\u00f3n, pero no la 525 y 527, que hablan de los intereses de demora que hayas cobrado. Tambi\u00e9n tienes que marcar las casillas <strong>453 y 454.<\/strong><\/p>\n<p>Si te l\u00edas o te resulta m\u00e1s c\u00f3modo, puedes <strong>tramitarlo con tu abogado o gestor habitual o bien pedir cita<\/strong> para que cualquier oficina de la Agencia Tributaria lo haga por ti <strong>gratuitamente<\/strong>. As\u00ed de paso revisa el resto de la Declaraci\u00f3n y la dejas presentada.<\/p>\n<p>Por otro lado, si el dinero que el banco ten\u00eda que pagarte no te lo ha ingresado sino que lo ha <strong>descontado de lo que te queda por pagar de hipoteca, no tienes que declararlo ni tributar<\/strong> por ello, aunque te hayas desgravado la hipoteca en campa\u00f1as anteriores. La otra ventaja es que te<strong> queda menos deuda por pagar<\/strong> y ahora pagas casi todo cuota y muy pocos intereses.<\/p>\n<p>El inconveniente es que si tienes derecho a la desgravaci\u00f3n, porque compraras la casa antes de 2013 y hayas desgravado la hipoteca en a\u00f1os anteriores, como te queda menos por pagar, <strong>disfrutar\u00e1s menos tiempo y por menor cuant\u00eda de esta ventaja fiscal.<\/strong><\/p>\n<p>Si, en cambio, el banco te ingres\u00f3 el dinero del suelo y sus intereses, en lugar de descontarlo del capital pendiente, <strong>no tienes que declararlo a Hacienda ni tributar por ello, porque es la devoluci\u00f3n de un pago<\/strong> que no ten\u00edas que haber hecho, <strong>no es una renta<\/strong> que cobres. Esto es as\u00ed tanto si est\u00e1s en el 40% que lleg\u00f3 a un acuerdo para que le devolvieran el dinero como si hay sentencia judicial de por medio.<\/p>\n<p>Solamente, en caso de que te hubieras<strong> desgravado la hipoteca en a\u00f1os anteriores<\/strong> por tener derecho a a la desgravaci\u00f3n fiscal al haber comprado el piso antes de 2013, debes <strong>regularizar<\/strong> tu situaci\u00f3n. \u00bfY c\u00f3mo lo hago? S\u00f3lo te afecta si en las cuotas hipotecarias que te has desgravado <strong>se inclu\u00eda ese dinero que has pagado de m\u00e1s.<\/strong><\/p>\n<p>Lo explico en detalle. Como m\u00e1ximo puedes desgravarte <strong>9.040 euros al a\u00f1o por cada titular de la hipoteca,<\/strong> que dividido entre 12 meses da una media de 753,33 euros al a\u00f1o. Si por tener cl\u00e1usula suelo s\u00f3lo t\u00fa pagaste, por ejemplo, una cuota mensual de 1.000 euros y sin suelo hubieras pagado 760 euros, no tienes por qu\u00e9 regularizar nada, ya que <strong>no te has desgravado nada que ahora hayas cobrado.<\/strong><\/p>\n<p>En cambio, si por culpa del suelo pagabas 900 euros y sin \u00e9l hubieras pagado 600 euros, tienes que <strong>regularizar todo el dinero que hay entre esos 600 euros y los 753<\/strong> que de media has pagado al mes, o cualquiera que sea tu situaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En este caso esta campa\u00f1a tienes que presentar una<strong> Declaraci\u00f3n complementaria por cada a\u00f1o que esto te haya pasado como m\u00e1ximo desde 2013<\/strong>, ya que los asuntos fiscales <strong>prescriben a los 4 a\u00f1os<\/strong>. Menos mal, que si no te tocar\u00eda regularizar desde que se te empez\u00f3 a aplicar el suelo hasta ahora.<\/p>\n<p>\u00bfY qu\u00e9 es regularizar? Pues que<strong> tienes que devolver a Hacienda el dinero que ella te dio por tener hipoteca durante esos a\u00f1os,<\/strong> pero como digo, siempre y cuando eso que te desgravaras fuera porque el suelo te hac\u00eda pagar m\u00e1s hasta llegar al l\u00edmite de la desgravaci\u00f3n (9.040 euros).<\/p>\n<p>Como esto de no tener que declarar el dinero a Hacienda viene del Real Decreto que el Gobierno puso en marcha en enero de 2017 para acelerar y facilitar la devoluci\u00f3n de la pasta, quien haya cobrado la<strong> indemnizaci\u00f3n por el suelo en a\u00f1os anteriores s\u00ed tuvo que declararlo a Hacienda como ingresos.<\/strong><\/p>\n<p>Y como no es justo que en ese caso se consideraran ingresos y ahora no, en esta Renta 2017 puedes<strong> pedir que la indemnizaci\u00f3n que cobraste (por ejemplo 20.000 euros) se descuente de los ingresos que has tenido el a\u00f1o pasado<\/strong>, por ejemplo 24.000. As\u00ed es como si esa indemnizaci\u00f3n nunca te hubiera contado como renta y, en definitiva, anular la tributaci\u00f3n (pago de impuestos) que ya tuviste que hacer.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Si eres una de las personas afortunadas que el a\u00f1o pasado cobr\u00f3 lo que el banco le hab\u00eda robado con la cl\u00e1usula suelo, te estar\u00e1s preguntando si debes declararlo a Hacienda, ya que esta Campa\u00f1a de la Renta 2017 es la primera en la que afecta este tema. 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