El seguro de vida: ¿una utilidad o una obligación?

Más vale prevenir que dejar deudas a los seres queridos

Aunque dentro de 3 meses ningún banco podrá negar una hipoteca si no se firma la vinculación, esos seguros, tarjetas, plan de pensiones, etcétera, se podrán seguir ofreciendo a cambio de bajar el diferencial, aunque nunca como condición indispensable para darte la hipoteca.

Una de las vinculaciones más frecuentes, después de domiciliar los ingresos y contratar un seguro del hogar, porque ahí viene el seguro contra incendios que sí es obligatorio en la hipoteca, es el seguro de vida.

Aunque puede suponer un gasto extra durante toda la hipoteca que aparentemente no sirve para nada, es una precaución importante a contratar, especialmente si firmas una hipoteca en solitario o para la persona del hogar que más ingresos o riesgos tiene, especialmente si se tienen hijos. El seguro de vida es básicamente para que si te mueres, el banco cobre todo lo que queda de pagar de hipoteca, por eso lo incluyen en el paquete de vinculación.

Si eso ocurre, tus herederos (padres o hijos) no tendrán el marrón de cargar con la deuda porque el seguro lo liquidará todo, tanto si quedan 2.000 como 20.000 o 200.000 euros. En un reciente informe se revela que las aseguradoras saldan 196 millones de euros al año en hipotecas por fallecimiento de uno de sus titulares. Es escalofriante: el seguro de vida se utiliza en unas 4.700 hipotecas al año en toda España.

En estos casos, de media pasan 11 años desde que se firma la hipoteca hasta que fallece el titular. El 40% de las muertes que se producen son en los 5 primeros años de vida de la hipoteca. Leyendo esto dan ganas de tocar mucha madera, pero las cifras -sean las que sean- están ahí y, además de que el banco cobra su préstamo, la familia de la persona fallecida no tiene que cargar con la pesadumbre adicional de heredar y saldar la deuda.

En estas hipotecas los seguros de vida liquidan de media unos 35.000 euros por préstamo. En el 10% de los casos la deuda está por encima de los 80.000 euros y en el 5% de los casos es superior a 110.000 euros. Está claro que las aseguradoras hacen negocio y los bancos más, porque hasta ahora obligaban a que la póliza la firmaras con una de sus empresas de seguros, lo que la hacía hasta el doble de cara que si se contrataba fuera.

Con la nueva ley, no sólo el banco no podrá obligarte a contratar el seguro de vida sino que, si decides hacerlo, no tendrá por qué ser con la empresa que te diga sino con la que tú quieras siempre que vaya ligado al préstamo y quien cobre el dinero si la palmas sea el banco.

Otro aspecto bastante desconocido de los seguros de vida es que los puedes mandar recalcular al banco cada año, ya que la cantidad que la aseguradora paga por la muerte del titular es la que queda por pagar de hipoteca, así que cada año que pasa, la deuda pendiente es menor y, por tanto, la cuota de la póliza debe ser menor también.

Para recalcularla basta con avisar al banco justo tras al pago de la última cuota antes de cumplirse el aniversario de la hipoteca. Por ejemplo, si la contrataste en marzo, tienes que hablar con tu gestor/a personal en febrero, justo después de haber pagado la mensualidad. Miras el capital que te queda pendiente de pago y lo comunicas solicitando una rebaja proporcional en la próxima cuota del seguro de vida.