La comisión de apertura, en tela de juicio

Otro “problemilla” que explota…

A la banca no paran de estallarle patatas calientes en la cara. Ya no sabe qué hacer para no recibir demandas… Con cada cosa nueva que sale inventa otra para seguir ganando el mismo dinero y evitar en el futuro que le denuncien por ello.

Después de la cláusula suelo, el IRPH, las multidivisa y los gastos de la hipoteca, entre otras cosas, el nuevo frente que parece que se le abre es el de las comisiones, especialmente la de apertura y la de vencimiento anticipado, típicas de las hipotecas a tipo fijo.

Y porque aún no se le ha demandado masivamente por la amortización y la cancelación antes de tiempo, que si no a la banca ya se le juntaban los días con las noches para pagar a su departamento jurídico.

La cosa con las comisiones se pone cada vez más fea. Aunque no se ponen de acuerdo, ya van por 15 las Audiencias Provinciales que han juzgado este tema en los últimos meses. Sólo en León y Tarragona los jueces se han posicionado a favor de la banca, entendiendo que el banco está en su derecho de cobrar la comisión de apertura o que efectivamente presta un servicio al cliente por el cual puede cobrarle.

Pero en el resto de Audiencias no lo ven así. En Zaragoza, Tenerife, Soria, Palma de Mallorca, orense, Madrid, Las Palmas, Gerona, Castellón, Cartagena y Asturias, los jueces piensan que es un abuso cobrar al cliente por un servicio que ya forma parte de una hipoteca, como es la apertura.

Al igual que cuando se cancela, cuando se abre el préstamo se sabe que hay gestiones que hace el banco, pero que se entienden como parte de la hipoteca y, por tanto, cobradas por los intereses que el cliente ha estado pagando durante años.

Como todo hay que demostrarlo con papeles, ciertos bancos perdieron los juicios porque fueron al tribunal sin documentación que demuestre que han realizado una labor específica, algo que les ha supuesto ciertos gastos y por lo que se ven con derecho a cobrar. La comisión de apertura, al igual que la de vencimiento anticipado y cualquier otra, es un abuso bancario y la banca lo sabe desde que se lo inventó para trincar pasta.

Es como si te cobran por entrar en la frutería y después te cobran la fruta. No, a ver, oiga, cóbreme sólo la fruta que para comprar tengo que entrar en la tienda. Pues eso.

Mientras que el tema no llegue al Tribunal Supremo seguirá habiendo diferentes opiniones a lo largo y ancho de la geografía española. El asunto llegará, no me cabe duda, pero quizá dentro de un año, o dos… Y dependiendo de los palos que el Supremo le lleva dados a la banca, que ya son unos cuantos, pues decidirá darle este otro no.

Como probablemente la banca siga sin recuperar buenas cifras porque el Euríbor continúe bajo, las hipotecas le den pocas ganancias y los depósitos ninguna, dirán que la comisión de apertura es legal porque al banco le supone tareas y papeleos.

Estará en manos de los buenos abogados de los clientes demostrar que ese cobro es abusivo porque el trabajo de abrir una hipoteca ya se lo cobran con creces a lo largo de la misma. Y si no es suficiente, que quizá no lo sea, el asunto se demorará por lo menos otro año y medio más en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que nos dará la razón a los clientes. Lo que pasa siempre. Lo que está pasando últimamente.