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Quejarse ante el Banco de España empieza a ser efectivo

Remedio eficaz contra chupasangre en el 64% de casos

Cuando sufres un abuso bancario, ya sea en su día el suelo o ahora el vencimiento anticipado, la comisión de apertura, gastos de la hipoteca o el cambio al IRPH Entidades, puedes hacer tres cosas antes de llegar a juicio, que dado el coste y el desgaste personal que supone siempre debe ser la última opción.

La primera es reclamar a tu banco que elimine el abuso y te devuelva el dinero que has pagado de más, hablando se entiende la gente pero como a veces no quiere entender nada, te negarán lo que pides o directamente te mandarán a tomar por saco o al SAC.

Son las siglas de Servicio de Atención al Cliente, el departamento del banco donde quejarte de manera formal y oficial. Para reclamar cualquier cosa es mejor redactarlo de manera seria y técnica. En Internet seguro que encuentras un modelo para reclamar o bien puedes pedir cita en la OMIC (Oficina Municipal de Atención al Consumidor), cuentas el caso, llevas la documentación que te pidan, redactan la reclamación y en algunos casos hasta la envían por ti al banco. ¡¡Todo gratuito!!

Si el banco contesta que no o en dos meses no te responde, puedes reclamar ante el Banco de España. Como vimos, es una opción más que tenemos y que no tiene por qué hacerte perder el tiempo, salga como salga el resultado.

Si el Banco de España te da la razón puedes esperar que tu entidad agache la cabeza y te dé lo que pides en dos tercios de los casos. Si no quiere, a pesar de que el Banco de España piense que tienes razón, sólo te queda buscar un buen abogado que te cobre como mucho entre un 10% y un 15% de lo que ganarás, preguntarle las opciones de lograrlo y, en caso de que lo tenga super seguro y haya sentencias favorables en casos como el tuyo, ir a juicio.

Probablemente el juez tendrá en cuenta que tienes un informe a tu favor del Banco de España. Si el informe sale negativo también puedes ir a juicio pero el juez quizá lo tenga en cuenta en tu contra.

Extraña pero no sorprende que el Banco de España dé la razón a los clientes en muchas cuestiones y luego la entidad se lo pase por el forro. De las casi 6.000 reclamaciones sobre hipotecas que el Banco de España recibió el año pasado, sólo en el 64% de los casos el banco le hizo caso, en el otro tercio hizo el silencio y nunca más se supo.

Aun así, es un avance. El año anterior (2016), los bancos solamente hicieron caso a la opinión del Banco de España en un tercio de los casos. Debe de ser que ya hay banqueros escarmentados a base de sentencias en contra (el 97% de las que pasan por los juzgados especializados condenan a la banca) y de que están hartos de reclamaciones, peleas y a mala reputación que todo esto les ocasiona.

Tiene más mérito aún si tenemos en cuenta que el año pasado el Banco de España recibió una cifra recórd de reclamaciones, con algo más de 40.000, que supone un 276% más que el año anterior.

Pero que la banca haga caso en dos tercios de los casos no es bastante, debería hacerlo en el 100%, siendo el Banco de España un juez imparcial, un desempate, un recurso para no ir a juicio y lograr que el banco te haga caso y elimine los abusos. Así el Banco de España de verdad tendría poder y sería un supervisor real, no el consentidor de los abusos bancarios como ha sido hasta hace poco tiempo.

Los bancos van perdiendo la guerra contra la comisión de apertura

Uuuh, la que se nos viene encima…

¿Pagaste comisión de apertura? ¿Vas a firmar un préstamo y te quieren colar una? ¡¡No la aceptes!! Huye de ella, negocia que no la incluyan o vete a otra entidad que te dé una hipoteca sin comisiones.

La comisión de apertura es uno de esos abusos que la banca ha estado utilizando para ganar más dinero con las hipotecas, sobre todo desde que el Euríbor se hundió bajo cero en febrero de 2016.

Pero no te creas que sólo la usa desde entonces. La venía poniendo desde antes porque para la les resulta una forma fácil y rápida de trincar pasta con poco esfuerzo.

Precisamente es por esto que se ha ganado terreno. Algunos juzgados en Valladolid, Barcelona, Asturias y Zaragoza han anulado la comisión de apertura obligando a los bancos a devolver hasta el último céntimo de la comisión más los intereses legales que el dinero generó desde que lo pagaron los clientes.

Esto no significa que ahora todos los bancos vayan a devolver el dinero pero sí que tienes algo a lo que agarrarte para pedirle a tu entidad que te devuelva el dinero de la comisión de apertura que te cobró, que puede oscilar -ni más ni menos- entre los 1.500 y los 3.000 €.

Son cifras orientativas dada la orquilla de dinero que se suele prestar en España para comprar una vivienda; la cantidad real que pagaste la tendrás que calcular según el porcentaje que te impusiera el banco sin posibilidad de que lo negociaras. La comisión de apertura más frecuente oscila entre el 0,5% y el 1% del dinero prestado. Así que imagina, si te prestaron 150.000 € y la comisión de apertura es del 1% te deben 1.500 € más intereses.

Como ya se están viendo estas sentencias, algunos bancos que incluían estos abusos en sus hipotecas los han quitado de su oferta, como por ejemplo el Santander, que dejó de incluirla en enero, o el BBVA que paró en abril.

Para que te la quiten puedes pedirlo formalmente al SAC (Servicio de Atención al Cliente) de tu entidad. En cualquier oficina te dirán el correo electrónico al que enviarlo o recogerán la documentación para enviarla ellos a su SAC.

Y si te dan por SACo porque a los dos meses no te han respondido, consulta con un abogado si puedes reclamarlo por vía judicial y qué opciones tienes de ganar el juicio. Con estas sentencias en la mano, hay posibilidades. Otra cosa es que no te compense porque el abogado vaya a cobrar más que tú. Normalmente van a porcentaje, siendo una locura que se lleve más del 15% + IVA; eso sí, pregunta a tu seguro del hogar porque algunos cubren el gasto anual en abogados.

Tus opciones de ganar no sólo dependen de que el banco te incluyera la comisión de apertura y tú la pagaras sino de que ahora la entidad pueda demostrar que efectivamente te cobró por prestarte algún servicio. ¿Cuál? Lo puede demostrar enseñando papeles que digan que hizo un estudio económico de tu perfil y un estudio para ver que te podía dar la hipoteca.

Si no puede presentar esos papeles, como ha pasado en otros juicios, tienes el caso ganado. Si lo presenta habrá que ver qué opina el juez, ya que una comisión de apertura debe entenderse por algo más que estudiar un perfil, hay que acreditar que se han hecho unas gestiones que justifiquen cobrar esos 1.200 – 3.000 €, cuáles han sido y cuánto han costado.

El banco tiene difícil demostrarlo porque no se trata de un servicio aparte de la hipoteca. Además hay una corriente en ciertos juzgados contra su uso ya que se ve a todas luces que, con la excusa de dar de alta el préstamo en el sistema, es una pulla más para sacarnos el dinero, sin que realmente se haga nada extraordinario por abrir el crédito, nada más que no se pueda pagar con los intereses que ya se abonarán durante décadas en la hipoteca.

¿Qué opciones tengo de recuperar los gastos de la hipoteca?

Piensan que tiraremos la toalla

Buena parte de los abogados consultados no aconsejan reclamar los gastos de la hipoteca que no son los impuestos (tasación, gestoría, notaría y registro) si la cifra a cobrar no llega a 2.000 €. Creen que no te saldrá rentable, que te podría salir lo comido por lo servido, máxime cuando algunos abogados no incluyen la tasación ni la gestoría en el lote.

Por eso, porque se piensa que habrá poca gente que reclame, el Gobierno no pretende sacar ningún procedimiento extrajudicial que evite el colapso de los juzgados, como hizo -con más bombo que éxito- con la cláusula suelo.

No obstante, puede que tú sí llegues a esa cifra: busca las facturas de la hipoteca que te envió la gestoría y súmalo. O puede que tengas más de una hipoteca por reclamar… Que tengas una muy alta con gastos altos también… Que quieras sumarte a una demanda colectiva, que sale más barata… O que tengas más cosas por denunciar.

A día de hoy, el 90% de las demandas que llegan a los tribunales especializados en cláusulas abusivas salen a favor de los clientes y se ganan casi todas las de gastos, imponiendo a los bancos el pago de las costas, de las que cobran los abogados. Como no todos facturan igual, pregunta a por lo menos tres cómo lo harían y aléjate de los crápulas que te pidan demasiado (un 15% de comisión es bastante).

También puede ser que te interese reclamar la cláusula suelo, porque aún no te hayan devuelto el dinero, o la hipoteca multidivisa o incluso el IRPH. A todo esto podrías sumarle los gastos de la hipoteca y quizá alguna cláusula abusiva más que tengas como la de vencimiento anticipado, y así ya lo reclamas todo junto y te sale más rentable. Que un abogado te mire el contrato de la hipoteca porque seguro que detecta más cosas reclamables.

Aunque el Tribunal Supremo no reconoce que el IRPH sea abusivo y anulable, hay jueces que están emitiendo sentencias en contra, por lo que no sería del todo descabellado que ganaras. Otra opción es esperar porque el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) terminará opinando sobre el IRPH -del que ya se le ha preguntado- y sobre los gastos de la hipoteca.

La asociación de consumidores Asufin se ha comprometido a elevar una cuestión prejudicial al TJUE, o sea a preguntarle “cuáles son las consecuencias de declarar abusiva una cláusula”, ya que el Tribunal Supremo primero declaró abusiva toda la imposición de los gastos al cliente y ahora se desdice con los impuestos, sin que en ningún momento haya mencionado si el banco debe indemnizar al cliente por ello o no.

En principio sí podemos reclamar y esperar que nos lo paguen, aunque la banca remoloneará durante años, mientras gana tiempo para conseguir el dinero y hace que te desesperes y desistas. Reclamar un abuso hipotecario es entrar en la guerra psicológica del desgaste.

La de los gastos de la hipoteca es otra batalla que se abrió con esa primera sentencia de diciembre de 2015 y que ahora el mismo Supremo no tiene narices a validar para que la banca no tenga que pagar una factura de 4.000 millones.

Pero no les demos la razón. Bancos, Tribunal Supremo y Gobierno creen que no habrá una reclamación masiva de los gastos de la hipoteca, ahora que han quedado mermados sin poder reclamar los impuestos.

No nos rindamos, aún queda dinero por recuperar. Lo primero es reclamar al banco, que se está negando por sistema, aunque hacerlo es imprescindible si quieres ir a juicio y puede que te ofrezca un acuerdo a cambio de que contrates algún producto extra: no piques, la idea es recuperar dinero, no gastar más. Lo siguiente sería el Banco de España, que se lavará las manos porque no quiere entrar a discutir si la cláusula es abusiva o no, y lo último es la vía judicial.

Cómo reclamar los otros gastos de la hipoteca

Saca la calculadora y a calculaaaaaarrr

Como os dije en el último post, excepto los impuestos -de momento- los gastos de la hipoteca siguen pudiendo reclamarse. En diciembre de 2015 el Tribunal Supremo dijo que imponer al cliente el pago de todo es un abuso y, por tanto, esa cláusula cuarta del contrato de la hipoteca en la que suele aparecer escrito es anulable.

Esto nos da opción a reclamar el pago que hemos hecho por la tasación, la gestoría, el registro de la propiedad y la notaría. La cantidad que cada cliente puede reclamar es una media de 1.500 €, pero no tiene por qué ser tu caso: la cantidad final y definitiva que puedes reclamar la encontrarás en las facturas que te dieron cuando te mandaron a casa el contrato de la hipoteca.

Ahí tienen que venir los honorarios de la gestoría, lo que pagaste a la notaría y al registro de la propiedad. Para cada cliente es una cantidad porque suele depender del dinero que te prestaron. Los gastos de la hipoteca son mucho más caros si pediste 200.000 euros que si te dejaron 50.000.

La factura de la tasación te la dio el banco cuando la recibió de la tasadora y te dio el informe. Si no te la dio o no la encuentras, pídele al banco la factura. Si no la tiene, contacta con la empresa tasadora y pídele una copia. Mención especial debo hacer a Tinsa, que está cobrando 20 euros por dar una copia de su factura. Una vergüenza su negocio indecente y abusivo por buscar un documento y enviarlo en pdf por correo electrónico al día siguiente.

Para reclamar, suma todas las cantidades que pagaste para saber cuánto debes pedir al banco. Lo primero que debes hacer es enviar un escrito al Servicio de Atención al Cliente (SAC) de tu entidad bancaria.

Si no sabes cómo redactarlo puedes buscar modelos en Internet o acudir a la OMIC, oficina municipal de información al consumidor de tu localidad para que te asesoren, lo redacten e incluso presenten por ti gratuitamente. Tanto si lo presentas tú como si lo tramitan ellos necesitas fotocopia del contrato de la hipoteca y de todas las facturas.

Si en dos meses el banco no responde o te dice que no, cosa que viene sucediendo en todos los casos porque la banca se niega a pagar excepto que alguna vez le condene el Tribunal Supremo directamente, sólo te queda la vía judicial.

En este caso, hay abogados que sólo recomiendan que denuncies si te deben de 2.000 euros en adelante. Esta cifra incluye el total que sumen las facturas más los intereses legales que haya generado ese dinero en los años que ha pasado desde que lo pagaste, o sea que puedes sumar un 12% al total de las facturas y así sabes la cifra total que podrías recuperar.

En cualquier caso, aunque el abogado se lleve una comisión, el dinero es tuyo y si puedes obtenerlo, puedes intentarlo. Consulta con abogados expertos en Derecho financiero y que hayan ganado casos de este tipo. Aunque la cosa puede ir lenta, al menos ahora hay juzgados especializados en abusos hipotecarios en cada provincia. Si no te puedes permitir un abogado, habla con el Colegio de Abogados de tu región para ver si tienes derecho a reclamar con Justicia gratuita.

¿Y hay plazo para hacerlo? Aunque cuando salió la primera sentencia del Supremo en 2015 se dijo que había 4 años desde que se terminó de pagar la hipoteca o salió la sentencia, lo cierto es que los abogados opinan que no hay plazo, que puedes hacer cuando quieras porque no prescribe al tratarse de una cláusula declarada nula por abusiva.

Cómo reclamar la comisión de apertura

Recupera lo que es tuyo

¿Tienes comisión de apertura? Si no lo recuerdas, lo quieres confirmar o no sabes lo que es, busca el contrato de tu hipoteca y mira la cláusula cuarta, en la que suele aparecer como os pongo en el siguiente párrafo, sacado de una escritura real.

Comisión de apertura: El prestatario (consumidor) satisfará una comisión de apertura del 0,75 por 100 sobre el principal del préstamo. El importe de esta comisión será abonado por el prestatario mediante cargo en su cuenta, lo que se efectuará en la fecha de la firma del presente otorgamiento.

Vamos, que te cobran por supuestos trámites administrativos, la gestión y apertura del préstamo; si es fijo casi seguro que la tienes porque aparece en un 80%. Un trabajo que ya pagas con creces con los intereses que mes a mes pagas durante los muchos años de hipoteca que te quedan por delante.

Para ganar, el banco debe demostrar qué tareas exactas realizó para cobrar esa comisión, que las hizo su personal y no una gestoría y que tú las pediste o aceptaste. Como es una cláusula que inventan para ganar dinero, pero no suele haber detrás tareas demostrables que cumplan todos estos requisitos, puedes reclamar que te devuelvan el dinero.

¿Posibilidades de éxito? Algunas, sobre todo por vía judicial ahora que hay sentencias en varias provincias españolas que consideran que la comisión de apertura es nula por ser abusiva, por estar impuesta sin negociar, por no demostrar en base a qué y crear un desequilibrio con el cliente.

Lo primero que puedes y debes hacer es localizar el párrafo de tu hipoteca donde viene impuesta la comisión. Fotocopias esa hoja y junto a un escrito de reclamación lo envías al SAC (Servicio de Atención del Cliente) de tu entidad.

Para saber cómo dirigirte al SAC pregunta en la oficina de consumo de tu localidad, con suerte te lo reclaman todo gratuitamente, o si no al mismo banco, donde te dirán si debes enviar carta, correo electrónico o ellos mismos lo mandan por valija interna.

Si en dos meses no recibes respuesta o es negativa, reclama al Banco de España. A veces puede ocurrir que te dé la razón, si bien no es una institución que cumpla bien con su trabajo porque más que supervisar a la banca tiende a protegerla. Escasamente le da tironcillos de orejas y se limita a publicar estadísticas de reclamaciones que a los periodistas nos sirven para poner el foco en los asuntos más abusivos y reclamados por los clientes.

Si esto tampoco te funciona, sólo queda la vía judicial. Consulta con un abogado experto en Derecho financiero, que haya llevado y ganado casos de cláusulas abusivas. Desgraciada y afortunadamente cada vez hay más profesionales de este tipo. En la primera consulta, que suele ser gratuita, llévale el contrato de la hipoteca y pregúntale si tienes más cláusulas abusivas.

Como el 90% de las hipotecas las incluyen lo más probable es que cargues con alguna más; seguro que puedes reclamar los gastos de la hipoteca y quizá algo más también. En ese caso, pregúntale qué comisión cobra (por encima del 15% es un abuso) y asegúrate de que sea al final, cuando has ganado, que no tengas que adelantar dinero. Pide también que al banco se le condene en costas, para que no tengas que pagar por el juicio si ganas.

Aunque recuperes poco, si por ejemplo te devuelven 1.500 € descontando lo del abogado, bienvenido sea, es tuyo. Si consigues más porque tienes más cláusulas abusivas, razón de más para reclamar. Si no puedes pagar a un profesional, contacta con el Colegio de Abogados de tu provincia y pregunta si cumples los requisitos para reclamar con justicia gratuita.

Comisión de apertura: nuevo abuso que reclamar al banco

Otro palazo a evitar que te den con la hipoteca

¿Tienes comisión de apertura? ¿Sabías que puede ser abusiva y no tendrías por qué haberla pagado? Todo dependerá del juez con el que des porque esto se gana, de momento, por vía judicial, ya que aunque lo primero es reclamar a la entidad, es poco probable que el banco te devuelva el dinero sin sentencia que le obligue.

La semana pasada un juez de León dijo que no era abusiva, pero uno de Málaga, al igual que ya hicieran los de otras provincias, reconoció por primera vez en esa provincia que el cliente debe recuperar el dinero que pagó por la apertura del préstamo.

Ha sido una sorpresa para el propio abogado, que al principio no sabía si incluirla en una reclamación conjunta por más abusos (suelo, gastos de hipoteca, interés de demora…) y que al final ha sido un acierto porque el juez ha declarado que, aunque sí fue transparente, es nula porque es abusiva, ya que el cliente pagó más de 2.000 euros por ella.

Aunque el banco todavía puede recurrir esta sentencia porque no es firme, da pie a que se vuelva a sentenciar lo mismo en ese o en otro juzgado español: que la comisión de apertura es nula por abusiva.

De siempre he pensado que la comisión de apertura es un abuso del banco hacia el cliente, que la entidad justifica diciendo que es para cubrir los gastos administrativos y de gestión del principio del préstamo. Es cierto que formalizar un préstamo le da trabajo al banco, pero te obliga a pagar una gestoría y el resto se lo cobra con creces.

Dado que durante las décadas que dura una hipoteca se pagan miles de euros en intereses, ese servicio de abrir el préstamo debe considerarse más que cobrado. Igual que ya ninguna entidad cobra comisión de estudio, tampoco debería cobrarse apertura. Es pura avaricia y mucho morro.

La comisión de apertura no está presente en todos los préstamos, depende del banco y del momento. Los hay que nunca la han cobrado y están los que lo hacen según el momento. Durante los años duros de la crisis, cuando las hipotecas estuvieron también duras, se usó más.

Cuando se abrió el grifo del crédito a finales de 2013, dejó de utilizarse tanto. Había que atraer clientes y una buena hipoteca no cuenta con semejante puñalada nada más empezar. Al hundirse el Euríbor en negativo hace ahora justo dos años seguro que a alguna entidad le dieron ganas de rescatarla, pero los clientes toleramos mal las comisiones, como es lógico, y no se ha recurrido tanto a ella.

Sí que está muy presente en los préstamos a tipo fijo, muy populares desde hace un par de años, pero que resultan más caros, entre otras cosas porque incluyen esta pulla que normalmente supone el 1% de lo que te prestan, en ocasiones con un mínimo de 500 € y que en un préstamo de 200.000 € son 2.000 €.

Casi nada, ¿verdad? Por eso hay que tener cuidado al elegir la hipoteca, para que no nos cuelen abusos por todas partes. De hecho se calcula que el 90% de las hipotecas españolas cuenta con alguna cláusula abusiva. ¿Has mirado bien la tuya? Casi seguro que tienes algo que reclamar.

IRPH: nuevas sentencias que esperanzan y resucitan la lucha

La revolución acaba de empezar y va rapidito

Aunque el Tribunal Supremo lanzó un jarro de agua fría a los hipotecados con IRPH hace un par de meses, se van abriendo puertas a la esperanza que dejan ver que no todo está perdido todavía en esta lucha.

Mientras que la sentencia del Supremo daba por muerta la guerra contra el IRPH al decir que no era nulo ni abusivo porque no había falta de transparencia al incluirlo en la hipoteca, las noticias actuales reabren la contienda y dan pie a seguir luchando como si esta sentencia sólo hubiera sido una batalla perdida y no toda la guerra.

Por un lado, la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) ha presentado una nueva demanda colectiva, en representación de unos 75 afectados por la Unión de Créditos Inmobiliarios (UCI), filial del Banco Santander. Esta reclamación se suma a las demandas colectivas que ya presentó para reclamar los derechos de 750 afectados de Caixabank, 500 de BBVA y 60 de Bankia.

Asufin no se rinde y está preparando otras dos demandas colectivas que presentará próximamente: una contra el Sabadell y otra contra Kutxabank. Aunque sólo son una pequeña parte de los afectados, que se calculan en 1,3 millones en España, las demandas colectivas son importantes porque, cuando se ganan, sientan un mayor precedente que los casos individuales. Es lo que se llama jurisprudencia y sirve para que se tengan en cuenta en futuros juicios y así se puedan emitir sentencias en la misma línea.

Esta nueva demanda contra UCI, entre otras cosas, pide al juez que envíe una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), o sea que le pregunte si el IRPH es nulo y abusivo en casos de falta de transparencia. Aunque esta pregunta ya la ha hecho también recientemente un juez de Barcelona, no estará de más que se repita.

Y es que el TJUE lleva años como la última y casi única esperanza de que en España se le den los varapalos necesarios a los abusos bancarios, ya que de momento el Tribunal Supremo no ha demostrado el valor suficiente para sancionar estos comportamientos como es debido, ni los políticos tienen el valor de vetarlos con las leyes adecuadas.

El único a quien parece que por ahora habría que hacer un monumento es Francisco Javier Orduña Moreno, un magistrado valenciano del Supremo que votó contra la cláusula suelo y el IRPH, rompiendo la unanimidad y dando pie a que el tribunal europeo encuentre un resquicio para apoyar las reclamaciones de los clientes.

Además, el IRPH va contra la norma europea porque no refleja la realidad del mercado. Siempre ha estado por encima del Euríbor y en cifras muy elevadas, que además la banca puede manipular porque es quien da los datos para elaborarlo y se puede permitir omitir algunos para alterar el resultado.

Parece que algo se mueve en el IRPH porque desde que empezó el año ya hay cinco jueces que se han pasado por el forro la opinión del Supremo, dictando sentencias diferentes y todas contra este índice.

La de Amurrio (Álava) contra Caja Rural de Navarra ha dejado el préstamo sin tipo de interés a partir de hora, mientras que la de Gerona ha dispuesto que el índice a aplicar sea el último IRPH Cajas, obligando a Caixabank a devolver el dinero cobrado de más durante este tiempo que aplicó un tipo fijo a sus clientes en sustición de los IRPH desaparecidos. Asufin no está del todo contento porque esta última sentencia no invalida el IRPH Entidades, pero dice que seguirá luchando.

En Alicante, Granollers (Barcelona) y Sagunto (Valencia) también se han dictado sentencias contra el IRPH que confirman que la revolución ha empezado. Como ya pasó con la cláusula suelo, el Tribunal Supremo dictó una cosa y después otros jueces empezaron a dictar sentencias contrarias.

Ahora habrá que esperar a que, dentro de mucho tiempo porque esto es lento y largo, el TJUE se pronuncie contra el IRPH y diga que no todo el mundo tenía capacidad de valorar los riesgos, ni de entender cómo funcionaba, y que todos los bancos no aconsejaron ni explicaron bien su funcionamiento ni qué pasaría si desaparecía, como ocurrió en noviembre de 2013, cuando este pifostio se empezó a enredar oficialmente.

El IRPH da la espalda a los clientes y la razón a la banca

Tocaba dar la de arena y... ¡ale, chavales, a peregrinar por el desierto!

Tocaba dar la de arena y… ¡Ale, a peregrinar por el desierto!

La semana pasada el Tribunal Supremo remató, por fin, lo que había empezado el 22 de noviembre sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH).

El Alto Tribunal sentencia que no le parece nulo porque no le ve problema de transparencia, ha explicado en este largo comunicado que se resume en lo siguiente.

Parece que, tras la cláusula suelo, primer abuso bancario condenado por el Tribunal Supremo en 2013, a todo lo demás también se le mira si es o no transparente, como si fuera lo único determinante para anularlo o no.

Aunque hay dos magistrados que no están de acuerdo, el resto piensa que no se puede anular porque es un índice general al que se referencian las hipotecas, como el Euríbor, el Líbor o el Míbor.

Viéndolo así dicen que, por una parte, no se puede decir que sea opaco ni abusivo porque es una condición general de la contratación de la hipoteca. ¿Y qué? La multidivisa también lo era… ¡¡Y el suelo!! Y han resultado anulados. Por otra parte, comentan que al ser el índice de la hipoteca y, por tanto, marcar el precio de la misma, los clientes seguro que están enterados por sí mismos de que existe y de cómo funciona.

El cliente debe saberlo, pero es que el quid de la cuestión no es sólo ése, sino que al desaparecer casi todos los IRPH, el índice sustituto es el IRPH Entidades, el único que ha quedado en pie, y que resulta unos 2.000 € más caro al año que el Euríbor.

Ante esto el Tribunal Supremo se lava las manos y viene a decir que… ¡Mala suerte, oye! Ahhh, ¡se sienteee…! Haber elegido muerte. Se escuda en que, aunque está más alto que el Euríbor, quién sabe qué pasará en el futuro, que aún no se ha amortizado ni un tercio de la hipoteca.

Vamos, hombre… Que el IRPH siempre ha estado muy por encima. Cerró noviembre en el 1,910% mientras que el Euríbor lo hizo en el -0,189%. Es fácil prever que en el futuro también seguirá más alto. Incluso en julio de 2008, cuando el Euríbor marcó su máximo histórico en el 5,393%, el IRPH cerró en el 6,006%. ¡¡Más alto!!

¿Es que estos magistrados del Supremo no lo quieren ver o qué? Está claro que el IRPH siempre ha sido más alto y siempre lo será. Para empezar porque es la media del tipo de interés al que los bancos prestan dinero a sus clientes para las hipotecas, que siempre es más que el se cobran por prestarse entre sí, cifras con la que se calcula el Euríbor.

Pero no contentos con eso, la sentencia argumenta que no pasa nada en que el IRPH sea más alto, que por eso se ha comercializado con diferenciales más bajos que el Euríbor. Para compensar. Mira, me imagino que si estás leyendo esto y tienes IRPH, se te debe de estar poniendo un mal cuerpo y una mala leche… Normal.

No quiere entrar en si el IRPH es manipulable o no, que lo es, precisamente porque es la media del precio de las nuevas hipotecas que se firman. Quizá porque el Euríbor también lo es, al margen de las manipulaciones ya demostradas y multadas, y eso abriría otro agujero de miles de millones a devolver al 90% de los clientes. Como lleva casi dos años bajo cero nadie dice nada de eso, por ahora. Del IRPH sólo dice que su control depende de la Administración y que ellos no lo pueden juzgar, otra lavadita de manos al canto.

También comenta que no se puede anular sólo porque haya pasado unos años alto, que es como querer anular las hipotecas con Euríbor porque haya estado unos años por las nubes. Bueno, hay parte de verdad y bastante de demagogia. Como, en mi opinión, en casi toda la sentencia. Ahora tocaba darle un respiro a la banca y les ha tocado pagar a los del IRPH, que son más numerosos y con un caso quizá menos evidente que el de las hipotecas multidivisa, que aún está muy fresco.

El Tribunal Supremo transforma una hipoteca multidivisa a euros

Llegó la hora de cambiarlas a euros

Llegó la hora de cambiarlas a euros

Ya tenemos sentencia del Tribunal Supremo sobre las hipotecas multidivisa, que llevábamos esperando desde el 20 de septiembre, justo cuando se iba a pronunciar, pero decidió retrasarse porque el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dio su opinión sobre el tema en ese momento. Por ello el Tribunal Supremo español preferió estudiar lo que dijo el tribunal europeo y dictar sentencia más tarde.

El TJUE dijo en septiembre que las hipotecas multidivisa deben ser nulas si hubo falta de transparencia en su contratación. Vamos, lo de siempre, lo mismo que ha dicho sobre la cláusula suelo, que si mete algo en el contrato sin haberlo explicado bien al cliente, o si el cliente no sabía los riesgos que corría o en qué consistía exactamente lo que estaba firmando, la cláusula es nula y debe quitarse de la hipoteca.

En el caso español, contra Barclays Bank que ahora es Caixabank, el Tribunal Supremo acaba de decir que la hipoteca no es nula porque, en ese caso, la hipoteca se anularía completamente y el cliente debería devolver todo lo que debe de golpe. Como esto le perjudicaría mucho, el Supremo ha declarado la nulidad parcial.

Esto significa que, como la hipoteca multidivisa no se firmó de forma transparente, la parte multidivisa según la cual la hipoteca va en otra moneda es nula, quedando igual el resto de la hipoteca. Así el préstamo queda convertido a euros y con obligación de pagarse en euros a partir de ahora, pero con el resto de cláusulas de la hipoteca intactas.

La parte multidivisa se declara nula porque los tribunales piensan que, antes de firmar el préstamo, el banco debería de haber informado los clientes de que la moneda extranjera en que se firmaba (yenes y francos suizos fueron más frecuentes) podía apreciarse (aumentar su valor) y que eso suponía cuotas más caras y deuda más alta.

También se critica a la hipoteca que la parte multidivisa sea la principal del contrato, la que da la naturaleza a esta hipoteca, y que por tanto no se pudiera negociar de forma individual. Por eso se piensa que los clientes han estado más desprotegidos en este tipo de préstamos. Aunque se pudiera prever que la divisa de la hipoteca aumentara, no se imagina que las cuotas pueden estar cambiando constantemente ni que, si la divisa aumenta mucho de valor, el cliente puede tener que devolver de repente una deuda muchísimo mayor.

Esta sentencia ha salido tal y como se esperaba, favorable al cliente y en la misma línea que el tribunal europeo marcó en septiembre. Es muy importante porque sienta un precedente, se convierte en jurisprudencia en la que el resto de tribunales que tengan entre manos un caso similar de hipoteca multidivisa pueden basarse para dictar sentencia a favor de los clientes que sufran una hipoteca multidivisa y demanden a su banco. A partir de ahora, todos los casos de préstamos multidivisa que se ganen en los tribunales deberán ser convertidos a euros.

Las hipotecas multidivisa se firmaron en España principalmente entre 2007 y 2008 en Banco Popular y Bankinter, (también hay implicados otros años y entidades). Según la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), cada hipoteca multidivisa ha aumentado su deuda en 200.000 €. Se calcula que hay 70.000 de estos préstamos, el 52% en francos suizos y el 46% en yenes. Según el despacho Triviño Abogados, el 80% de estas hipotecas no es transparente, de lo que se deduce que al menos 8 de cada 10 casos tienen opciones de ganar si van a juicio.

De todos modos, con esta sentencia del Tribunal Supremo lo más aconsejable es ir primero a hablar con el banco y pedir que transforme el préstamo a euros. Si no lo hace, es hora de pensar en la vía judicial, más larga y costosa, pero con bastante probabilidad de éxito en el 80% de los casos.

El IRPH llega al Tribunal Supremo y se tratará de forma preferente

Las batallas judiciales, ese largo camino por recorrer hasta tumbar los abusos de la banca

Las batallas judiciales, ese largo camino por recorrer hasta tumbar los abusos de la banca

Por fin, el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) llega al Tribunal Supremo. Al igual que pasó con la cláusula suelo, los gastos hipotecarios y las hipotecas multidivisa, el índice menos conocido que el Euríbor llega al fin al más Alto Tribunal español.

El IRPH Entidades es el único IRPH que queda en pie tras la desaparición en noviembre de 2013 del IRPH CECA, el IRPH Cajas y el IRPH Bancos, una desaparición forzada por la Unión Europea que España retrasó todo lo que pudo.

Normal si se tiene en cuenta que lo habitual en los gobiernos ha sido favorecer a la banca y que cualquiera de estos índices siempre ha cotizado muy por encima del Euríbor, que lleva año y medio en negativo. Mientras que el IRPH cerró junio en el 1,913%, el Euríbor despidió el mes en el - 0,149 %.

La diferencia es escandalosa, por eso los afectados por este índice abusivo llevan reclamando desde 2014 que, ya que sus otros índices desaparecieron, se les aplique Euríbor + 1% en lugar de este leonino IRPH, que de media les lleva a pagar 2.000 € más al año que con Euríbor + 1%.

El IRPH es -además- manipulable, ya que se trata del tipo de interés al que los bancos prestan dinero a 3 años, con lo que encarecen los préstamos a conveniencia para aumentar el tipo de interés a pagar por estos clientes, que se calcula que llegan a 1,3 millones en toda España.

El caso que ha propiciado que llegue al Tribunal Supremo procede del País Vasco y está llevado contra Kutxabank por los dos primeros abogados que denunciaron este índice. Después de varias sentencias a favor y otras en contra, el IRPH llega por fin al Tribunal Supremo con este caso.

Y llega a toda máquina, ya que el Supremo lo tratará de manera preferente, por delante de otros casos que entraran antes. Quieren agilizar un tema del que no se ha hablado tanto en los medios como la cláusula suelo, pero que se está enquistando en otros tribunales menores.

Unos opinan una cosa, otros opinan la contraria… Así que el Supremo unificará las opiniones de los jueces españoles dictando una sentencia en la que puedan basarse a partir de ahora. Es lo que se llama sentar jurisprudencia y en este caso es necesaria porque según donde te toque el juicio, sabes que la cosa irá en un sentido o en el otro porque de momento los jueces tienen opiniones dispares sobre el mismo tema.

Como en otros abusos bancarios la cosa va para largo, pero por fin se empieza a ver la luz a lo lejos. Si el Tribunal Supremo falla a favor del IRPH, los afectados lo tendrán crudo para reclamar, aunque no del todo imposible ganar. Si falla en contra, lo tendrán más fácil para ganar, recuperar su dinero y cambiar el odioso índice que arrastran durante años por su deseado Euríbor.