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Que no te la claven en la cancelación registral de la hipoteca

Defiéndete, protégete, que no te den un sablazo

Defiéndete, protégete, que no te den un sablazo

Este año, al igual que el pasado, se cancelarán más hipotecas de las que se firmarán. Esto significa que, a pesar de que la firma de nuevas hipotecas aumenta año tras año desde hace 2014, todavía no es suficiente para compensar el número de préstamos hipotecarios que terminan de pagarse.

Sociedad de Tasación cree que este año se constituirán 315.000 nuevas hipotecas, así que entendemos que muchas más serán las que tengáis que cancelar.

Si es tu caso: ¡¡Enhorabuena!! Estarás deseando quitarte de encima la losa de la hipoteca. ¿Y lo bien que vas a vivir en cuanto ya no te gire el banco un recibo mensual de varios cientos de euros? Uffff, qué respiro para todo y para todos los de la casa. Ya no pagarás ni un céntimo más de intereses, la casa será totalmente tuya y ese dinero ahora lo podrás dedicar a otras cosas que te hagan falta o, simplemente, a ahorrarlo; los ahorros son imprescindibles.

Pero, ojo, a ver si es verdad que ahorras y que no empiezas pagando de más por cosas que no deberías. ¡Que no te engañen! Ya vimos que tú puedes hacer la cancelación registral fácilmente siguiendo estos pasos y por supuesto mucho más barato: entre 500 € y 1.200 € menos que si te lo hace el banco.

Y ojo también con que el banco te quiera cobrar por cosas que debe hacer o dar gratis. Pero la entidad no es la única que puede darte un sablazo en este momento tan feliz como engorroso de cancelar la hipoteca. En este proceso tendrás que pasar por la notaría, Hacienda (Agencia Tritutaria) y el Registro de la Propiedad. Lo de Hacienda es simbólico porque sólo has de pagar el impreso que rellenas y presentas, algo así como un euro. Con lo caro que es el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) cuando firmas una hipoteca, cuando la cancelas está exento de pago. ¡¡Toma!!

Pero en la notaría y el registro hay aranceles establecidos, o sea precios fijos que, según sentencia del Tribunal Supremo, no pueden alterar bajo ningún concepto. En el pasado se han visto casos de notarías que querían cobrar una cantidad por una escritura de cancelación de una hipoteca simple, y otra cantidad si era porque la hipoteca se iba a modificar (novación) o a cambiar de banco (subrogación).

Tampoco te pueden cobrar diferentes aranceles en notaría o en el registro porque quedara mayor o menor capital pendiente de amortizar en la hipoteca. O sea que lo hayas pagado todo, te quedaran 1.000 ó 50.000 €, da igual, la tarifa debe ser igual para todas las hipotecas. Por la escritura, la notaría debe cobrar 30,05 € y ni un céntimo más, aunque el documento tenga matriz y más de 5 folios, dando igual si es copia autorizada o simple.

En el registro, el mínimo que pagarás son 24,04 €, si el bien que cubría la hipoteca no supera los 6.010,12 €. La cantidad aquí sí depende de cuánto quedara por pagar. A esa cifra le tienes que quitar el 90%, con reducción del 5% adicional en algunos casos.

Y, bueno, que tampoco te quiera encalomar el banco tooooodos los gastos de la cancelación registral hecha por ellos, ni que te obligue a que la hagan ellos. Si eso aparece así redactado en el contrato de la hipoteca, es anulable por abusivo, como ya se ha dicho en sentencia judicial del Tribunal Supremo.

Cancelación de la hipoteca: ¡¡Que no te cobre nada el banco!!

Se acaba de enterar de lo que le quiere cobrar el banco por la cancelación hipotecaria

Se acaba de enterar de lo que le quiere cobrar el banco por la cancelación hipotecaria

Con cancelación de la hipoteca podemos referirnos a dos cosas. La cancelación de la deuda es terminar de pagar todo y que no te pasen cuotas nunca más. ¡¡Por fiiiiiiiiiin!! Ya no les debes nada. Algunos préstamos sí incluyen comisión de cancelación, que algunas entidades cobran cuando terminas de pagar la hipoteca; pero eso es otra cosa. Lo ideal es negociar al principio, antes de firmar, para que no la incluyan.

La otra cancelación es la registral, o sea borrar del Registro de la Propiedad que la vivienda tiene una hipoteca. Te la puedes ahorroar si no pretendes hacer nada con la casa y te da igual que aparezca inscrita en el registro con una hipoteca, aunque hayas terminado de pagarla. A los 20 años de acabar, el registro la borra gratuitamente y sin que hagas nada.

Peeero, si quieres vender la casa tienes que cancelar la hipoteca en el registro, porque sino la vivienda aparece “con cargas” y nadie querrá comprarla, además de que ningún notario da por buena una operación así. Si la casa no tiene hipoteca, en el registro tampoco debe aparecer.

Entonces, te toca hacer la cancelación registral. Algo que suena a chino, que no sabías que existía o que debe hacerse. Aparece el banco, te dice que por 1.200 € o burrada similar te lo hace. Te quedas como la muchacha de la foto. Te indignas, te cabreas, te asustas y al final te resignas. Total… No tienes tiempo, no sabes cómo se hace y se lo encargas al banco.

Eeeeennn, eeennn, eeeenn (sonido de alarma en cárcel de película). ¡¡No caigas en la trampa!! El banco no tiene por qué hacerte la gestión, sobre todo porque te factura como si fuera una gestoría, que no lo es y no presta ese servicio, y porque además el Banco de España reconoció en 2016 que no puede cobrar por algunos servicios de la cancelación registral por los que actualmente está cobrando. No te puede pedir un duro por emitir un certificado de deuda cero, imprescindible para que el notario confirme que tu hipoteca se terminó de pagar.

Tampoco te pueden cobrar por que un apoderado del banco vaya a firmar ante notario que ese certificado es auténtico y que no debes nada. Igual que lo hacen, pero no deberían tampoco, por recopilarte documentación de la hipoteca ni de cualquier parte del proceso de cancelación.

Muy crápulas son algunas entidades. ¡¡No sueltes ni un duro!! Todo lo mencionado deben hacerlo gratuitamente. Al final y al cabo la hipoteca está registrada a su favor y te ampara el Banco de España. Que no te la claven y no te dejes chantajear, otra de sus tácticas. El banco no es el único que sabe o puede hacerlo.

Tú puedes hacer tu propia cancelación registral sin que tengan que oponerse, boicotear o cobrar por ello. Aquí te explicamos cómo, pero si no tienes tiempo, puedes acudir a una gestoría o pedir ayuda en la notaría. Sólo son tres ratos en tres mañanas, además de pedir el certificado de deuda cero al banco, que a lo mejor puedes solicitar por Internet. Nada más, puedes ir haciéndolo cuando puedas y ahorrarte así un dineral que fácilmente alcanza los 700 € y que puede llegar a 1.200 €.

El próximo lunes hablaremos de en qué otros servicios o conceptos aprovechar a dar el clavo en una cancelación y quién lo hace. ¡¡Estad atent@s!!

Si te desgravas la hipoteca, amortiza lo que puedas antes de que acabe el año

A ver, que el tiempo corre...

A ver, que el tiempo corre… hay que ir pensándolo ya

No hay más que ver los lineales de los supermercados y el escaparate de algunas tiendas de ropa para darse cuenta de que se acerca Fin de Año… Cada vez antes, ¡¡por favor!!

Lo bueno es que, si tienes algún dinerillo ahorrado que puedas gastar, aún estás a tiempo de amortizar algo de hipoteca.

La amortización anticipada de un préstamo es adelantar el pago de cierta cantidad de dinero que debes, sin que te lo pida el banco y porque tú quieras. En el caso de las hipotecas tenemos la amortización total (que es pagar todo lo que te queda de hipoteca de golpe), amortización parcial (pagar sólo una parte) y cancelación (has terminado de pagar todo y quieres anular la hipoteca).

La amortización total sólo interesa si vas a vender la casa o no te puedes desgravar la hipoteca y, de repente, te cae tal cantidad de dinero encima (lotería, herencia, indemnización, etc…) que te permite saldar la deuda de golpe, quedándote todavía no con una parte para tener ahorros.

Si te puedes desgravar la hipoteca no te interesa, porque dejas de recuperar un dinerete muy majo que Hacienda te devuelve cada primavera: hasta el 15% de 9.040 €, o sea que cada año te pueden devolver hasta 1.356 € siempre que te hayan retenido por lo menos eso en IRPF a lo largo del mismo año.

La amortización parcial también conviene si te puedes desgravar la hipoteca, algo que sólo ocurre si te compraste la vivienda antes del 1 de enero de 2013 y estuviste desgravando la hipoteca en declraciones de años anteriores.

Conozco gente que ahorra durante el año y, antes de que termine, o sea entre ahora y Nochevieja, amortiza de golpe un montón de dinero. Los más afortunados llegan a los 9.040 € (18.080 € si son dos titulares), y lo hacen así pícaramente para llegar al límite máximo que se pueden desgravar en la siguiente Declaración de la Renta.

No quiere decir que tengas que amortizar 9.000 € ó 18.000 € sino que ése es el máximo que te puedes desgravar. En esa cifra también se incluye lo que pagas en cuotas mensuales durante el año, tanto el capital como los intereses.

Por ejemplo, si de cuota pagas 500 € al mes, entre capital e intereses, al año son 6.000 € de hipoteca. Si eres la única persona titular sólo puedes desgravarte hasta 9.000 €, o sea que puedes amortizar 3.000 € más. Si sois dos, podéis amortizar hasta 12.000 € más.

¿Se puede amortizar más? Sí, pero ya te conviene esperar a enero, para desgravarte la cantidad al año siguiente, ya que en este año no te desgravaría más del tope mencionado (9.000 € si la hipoteca tiene un titular y 18.000 € si son dos).

Comisiones: cuáles son y por qué se cobran

Huye de ellas

Huye de ellas

Las comisiones son otra de las formas que la banca tiene para exprimir al máximo una hipoteca. Cobran dinero –o pretenden cobrarlo- por algún (supuesto) servicio o perjuicio, que en muchos casos es más bien una penalización que imponen.

Aunque tienen mala fama y hay rachas en que los bancos las usan mucho y otras en que las evitan, es también una cuestión de política de empresa: hay entidades que abusan de ellas como por ejemplo Liberbank o el Sabadell, y otras como ING (en general la banca online) que no las incluyen por ninguna parte.

Estamos ante un momento en que la banca quiere ganar más dinero y en ocasiones incluyen este cobro tan molesto, que es más frecuente en hipotecas de tipo fijo que variable.

Lo que nunca hay que aceptar, porque es ilegal, es el cobro de comisiones en la cuenta de la hipoteca. Lo ideal es que tu hipoteca no tenga comisiones, así que negocia con la entidad que no te incluya ninguna en el contrato.

Aunque son un tostón y un robo para el cliente, las comisiones son legales hasta que una ley diga lo contrario y un juez sólo puede tumbarlas si se demuestra que no se había informado de ello o que no aparecen en el contrato. El cliente debe conocer perfectamente que el banco le puede pedir cierto dinero si hace cosas como como:

-          ESTUDIO: Analiza si te puede dar o no la hipoteca. Está prácticamente desaparecida… Es rara la entidad que la aplica; en unos meses estará prohibida por una nueva norma.

-          APERTURA: Suele ser del 1% y afecta más a los préstamos a tipo fijo. Cobrar por los trámites de inicio del préstamo es un abuso, porque aunque para la entidad haya gastos de gestión, los tiene de sobra amortizados con el cobro de intereses posteriores, donde debería incluir este gasto.

-          AMORTIZACIÓN PARCIAL O TOTAL (CANCELACIÓN): Afecta a casi 1 de cada 6 hipotecas. Hasta ahora era de máximo el 0,50% durante los 5 primeros años y del 0,25% los siguientes.  Con la nueva normativa europea, que afecta a las hipotecas firmadas desde 2007, no podrá ser superior al 0,25% los 5 primeros años o a un 0,50% durante 3 años. Después nada. El banco penaliza así que canceles parte de la deuda antes de tiempo. Si la hipoteca fue firmada antes de 2007 la comisión es de máximo el 1% de lo que aún se debe. Algunos tienen también un límite mínimo para amortizar: 500 € o 1.500 €, por ejemplo.

-          NOVACIÓN: Si cambias alguna condición en el contrato de la hipoteca, además de asumir los gastos de tramitación (gestoría, notario y registro), el banco cobra una compensación por los trámites que hace. No hay límite excepto que se trate de una ampliación del coste por devolución, caso en el que el banco sólo puede cobrar hasta un 0,10% de la deuda pendiente.

-          SUBROGACIÓN: El banco te exige una compensación si te llevas la hipoteca a otra entidad. Suele ser del 0,50%-1% del dinero prestado. Antes el banco que recibía el préstamo se hacía cargo de todos los gastos que te ocasionaba el cambio. Ahora sólo el Santander tiene algo parecido o cualquier otra entidad si ve que eres un cliente muy atractivo. o sea perfil alto y buen pagador.

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Cómo hacer una cancelación registral de hipoteca

Hazlo tú mismo/a

Hazlo tú mism@

Cuando por fin llega el tal ansiado y soñado momento de terminar de pagar el préstamo, te encuentras con la cancelación, bien porque vendes la casa y con parte de lo que te pagan liquidas el saldo pendiente, bien porque terminas de pagar la última cuota, despidiéndote ¡por fin! de la deuda.

Lo primero es mirar si el banco te cobra comisión por cancelar la hipoteca antes de tiempo, que en caso de existir no supera el 1%. Después hay que hacer una cancelación registral de la hipoteca.

Esto es así porque, cuando la firmaste, el banco la inscribió en el Registro de la Propiedad, porque así, si alguna vez acumulas tres impagos y quieren ejecutar la hipoteca, se consigue más rápidamente al demostrar su existencia con facilidad a través del Registro.

Para llevar a cabo la cancelación registral de la hipoteca lo primero que necesitas es un certificado de deuda cero (o de saldo cero), que por mucho que les moleste, el banco te debe dar gratis en el momento o al día siguiente. Algunas entidades pretenden cobrar entre 15 € y 200 €, pero el Banco de España reconoció en 2010 que es un derecho gratuito del cliente.

En cuanto vas a pedirlo tratarán de convencerte de que la cancelación registral es algo lioso, farragoso, complicado y muy difícil de hacer para ti, porque ni siquiera querrán explicarte en qué consiste, cuando realmente es algo sencillo y que puedes hacer por tu cuenta -si tienes tiempo y ganas- ahorrando entre 500 y 1.000 €, sobre todo en abultadas comisiones bancarias y abusivos gastos de gestoría.

No te dejes comer la moral, si quieres hacer la cancelación registral de tu hipoteca, aquí te explicamos cómo. Llevas el certificado de deuda cero a una notaría, la que quieras. Encargas la cancelación registral, por lo que te cobrarán entre 90 € y 200 €, tardando apenas unos días en tener la escritura de cancelación.

Esa escritura no es otra cosa que un documento en el que el notario da fe de que has devuelto al banco hasta el último céntimo y no queda deuda pendiente. Para ello, mira el certificado del banco y llama a un apoderado que se desplaza hasta la notaría para confirmar que ese certificado es de su banco y que, efectivamente, ya no debes nada.

Otro de los miedos que te intentan meter en el cuerpo en la sucursal bancaria para que lo contrates con ellos es que el apoderado tardará semanas o meses en ir a la notaría y que irá cuando le dé la gana, algo que en la práctica no es verdad. El objetivo del banco es que les encargues la cancelación registral y ganar mucho dinero con ello, ya que eligen una gestoría que te inflará la tarifa y el banco te cobrará comisión por cada gestión que haga, abultará la tarifa notarial y cobrará entre 150 y 200 € por que el apoderado vaya a la notaría, cosa que si encargas tú no te cuesta.

Con la escritura de cancelación en la mano liquidas los impuestos de tu comunidad autónoma, que actualmente son cero (están exentos de pago). Esto se puede hacer, mediante el formulario de Actos Jurídicos Documentados, de forma presencial en una oficina de Hacienda o a través de Internet. Después presentas el papeleo en el Registro de la Propiedad, que en dos o tres semanas te avisará de que ya ha cancelado el registro de tu hipoteca y puedes pagar el arancel por hacerlo, que suele costar entre 24 € y 84 €.

La forma de ahorrárselo es esperar a que pasen 20 años del último pago de la hipoteca, ya que en ese momento prescribe (caduca) dicho registro. Pero como muchas veces la casa se vende antes o se usa como aval, pues mejor dejar las cosas bien cerradas para que tu antigua hipoteca no conste en ningún sitio más y desaparezca para siempre.

Si quieres comprobar que no hay ni rastro de ella, puedes pedir en el Registro de la Propiedad una nota simple de la vivienda, cuyo coste está entre los 3 € y los 9 €, aunque esto no es necesario, sólo algo opcional para tu tranquilidad.

Sentencia contra cobro excesivo del Registro de la Propiedad

Vaya clavo...

Vaya clavo…

Ojito si has firmado una hipoteca en los últimos años o la vas a firmar en breve, porque el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado que los Registradores de la  Propiedad han estado inflando sus tarifas y cobrando de más por operaciones hipotecarias como una novación (cambio de condiciones), subrogación (coger la hipoteca que tenía otro o cambiarla de banco) o cancelación.

Sí, es que es obligatorio inscribir la hipoteca en un registro una vez que está firmada y cancelar ese registro una vez que la se ha terminado de pagar, bien porque vendes la casa, bien porque por fin has devuelto al banco, cuota a cuota, hasta el último céntimo. También se inscribe si se realizan una novación o una subrogación puesto que al cambiar alguna de las condiciones importantes es necesario volver a pagar al registro para que anote la hipoteca.

Este dinero a pagar es un arancel, que está publicado en el BOE (Boletín Oficial del Estado), y que se paga según el valor de la finca, con una reducción importante (del 75%) en el caso de préstamos con garantía hipotecaria, o sea hipotecas.

El hecho denunciado, el que dio origen a esta sentencia es que el Registro de la Propiedad número 1 de Valencia cobró más de 12.000 € por inscribir las hipotecas de los que compraron su vivienda a la Inmobibiliaria Guadalmedina S.A., de la que se subrogaron la hipoteca, o sea que pusieron el préstamo que tenía la inmobilaria a su nombre, manteniéndolo en el mismo banco.

Según la sentencia, el arancel cobrado es un 60%-70% más caro de lo que debería. Se aprovecharon de que la operación se hizo en 2012, cuando hubo un supuesto por el que se podía cobrar más para subrogación de hipotecas de entidades que estaban inmersas en la reestructuración financiera.

Al no ser éste el caso, el tribunal reconoce que los propietarios a los que se cobró extra tienen ahora el derecho a que el Registro de Valencia les emita una nueva factura, por el importe que les tenían que haber cobrado, mucho menor que el que pagaron.

El tribunal madrileño considera que si esto pasó en ese momento, otros aranceles han podido estar inflados, por lo que os recomiendo que miréis la factura del Registro de la Propiedad y consultéis a un abogado especialista en materia de vivienda si está bien calculado vuestro arancel. Algunas compañías de seguros de hogar y coche ofrecen asesoramiento gratuito de abogados. En caso de haber pagado de más, reclamad al Registro correspondiente que rehagan la factura y os cobren lo que el abogado os indique como arancel correcto en vuestro caso.