Nueva sentencia del Tribunal Supremo contra los gastos de la hipoteca

Sólo queda una sentencia para aumentar las posibilidades de cobrar

Sólo queda una sentencia para aumentar las posibilidades de cobrar

Buenas noticias para todos los hipotecados. El Tribunal Supremo acaba de dictar otra sentencia en la que reconoce que el banco debe pagar todos los gastos derivados de la firma de la hipoteca. O sea la notaría, la gestoría, la tasación, el registro de la propiedad y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD).

Hasta ahora, son precisamente los impuestos el mayor quid de la cuestión y también la mayor cantidad que se reclama. De todo lo mencionado supone alrededor del 80%. De momento los jueces o se decantan por reconocer que el banco tiene que pagar todo o reconocen que debe asumir todo excepto los impuestos.

Si el banco lo asume todo debe devolver una media de 3.000 € a cada cliente. La cantidad dependerá de cuánto pagaras en su momento, lo que a su vez depende de cuánto dinero te prestaron. No conlleva los mismos gastos abrir un préstamo de 50.000 € que de 180.000 €.

Desde diciembre de 2015, fecha de la primera sentencia del Tribunal Supremo sobre los gastos de la hipoteca, ha habido algunas reclamaciones, que se han disparado a raíz de este año con el dictamen del Tribunal Europeo sobre la cláusula suelo. No tiene nada que ver una cosa con otra, pero una vez abierta la veda de la reclamación masiva en el suelo de las hipotecas, se ha popularizado la posibilidad de reclamar los gastos apoyándose en la sentencia del Supremo de 2015.

Abogados y oficinas de atención al consumidor de las localidades te animan a reclamar porque tienes posibilidades de ganar. Tras la reclamación, que es gratuita, el banco tiene 2 meses para responderte. Si no contesta o se niega, puedes poner una queja ante el Banco de España, que puede tardar hasta 6 meses en resolver. Después, sólo quedan los tribunales.

Aquí ya depende de cuál sea tu banco. Mientras que Bankia parece dispuesto a devolver hasta el último céntimo, Ibercaja reconoce el derecho de sus clientes a cobrar, pero les insta a que le denuncien en el juzgado. Los tribunales están colapsados por tanta demanda de la cláusula suelo, las hipotecas multidivisa, el IRPH y otros frentes económicos que tienen abiertos los bancos. Tal es la situación que se baraja la opción de poner juzgados exclusivos para estos temas.

Con esta segunda sentencia a favor de que el banco devuelva todo el dinero de los gastos de la hipoteca, las probabilidades de ganar a la entidad y cobrar aumentan. Sólo hace falta una tercera sentencia en este mismo sentido para sentar jurisprudencia, o sea un precedente del que los jueces de tribunales inferiores al Supremo puedan echar mano para condenar a la banca más que ahora y no limitarse a interpretar lo que les parece mejor hacer en cada caso.

De momento la Audiencia Provincial de Pontevedra ha decidido que la banca sólo debe pagar los gastos de registro, con lo que el cliente recupera nada más que 150 €. Con una tercera sentencia del Supremo quizá cambie de opinión.

Quienes tengan actualmente una hipoteca pueden reclamar hasta diciembre de 2019, que es cuando se cumplen 4 años de la primera sentencia del Supremo. Si has terminado de pagar el préstamo tienes 4 años desde que lo cancelaste.

31 pensamientos en “Nueva sentencia del Tribunal Supremo contra los gastos de la hipoteca

  1. ERNESTO
    Asi que solo hay cuatro años de plazo para reclamar desde la primera sentencia ¿no?
    ¿Pero no habíamos quedado que las cláusulas abusivas son radicalmente nulas?
    ¿Pero si son radicalmente nulas no decíamos que la acción es imprescriptible?
    ¿En que quedamos?

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  2. Verónica
    No he visto esta publicación en más sitios ni en despachos especializados. El artículo no indica fechas ni número de Sentencia. Realmente espero que sea verdad, pero me hace dudar mucho.

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  3. Pobrecito Hablador
    Vamos a ver: no se necesitan 3 SENTENCIAS, para crear jurisprudencia, sino dos.

    Hasta el momento, la única sentencia conocida es la archifamosa de STS nº 705/2015.

    Es cierto que hay pendiente varios recursos ante el Tribunal Supremo contra sentencias de Audiencias Provinciales, pero no me consta una SEGUNDA SENTENCIA.

    Habrá que esperar.

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  4. Pobrecito Hablador

    Aquí aporto mi pequeño grano de arena, ya que hay sentencia por la que se ha recuperado los gastos de formalización de una HIPOTECA YA PAGADA (o sea, amortizada).

    Os dejo los datos:

    Un alicantino logra que le devuelvan los gastos de una hipoteca ya cancelada
    El afectado recuperará los 603 euros que pagó por los costes de formalización e inscripción del préstamo y otros 152 por la cláusula suelo

    Caja Rural de Jaén, el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Alicante establece que la entidad debe devolver al afectado 419,66 euros por los gastos de constitución del préstamo y otros 184,66 por los costes de inscripción del mismo en el registro. Además, también condena a devolver otros 152,02 euros por los efectos de la cláusula suelo. En este caso, sin embargo, la jueza no incluye el importe del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados que otros tribunales también han obligado a devolver y que suponen una cantidad mucho más voluminosa

    FUENTE: http://www.diarioinformacion.com/economia/2017/04/25/alicantino-logra-le-devuelvan-gastos/1886753.html

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  5. ANA
    BUENAS TARDES,

    Creo que la noticia es FALSA, es muy raro que no digan la fecha y num. de RECURSO DE CASACIÓN, tampoco ha sido publicado en los medios de noticias legales, generales ni en mi Colegio de Abogados por lo menos, así que ruego que ACLAREN Y EN SU CASO RECTIFIQUEN pues no pueden jugar con este tipo de noticias.

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  6. Silvia

    Agradeceríamos desde los grupos de afectados donde esta noticia está corriendo como la pólvora que se verificase la procedencia y se colgase sentencia nº y fecha de la misma con el fin de informar correctamente y no generar dudas

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  7. Silvia

    Hola!! Hay alguien que conteste a las cuestiones que se están lanteando??

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    1. Miguel
      Efectivamente, esta noticia no está bien datada.

      Una persona que escribe un artículo, opusculo o noticia comentada de un tema a debatir, a de hacerlo dando la correspondiente fuente bibliográfica.

      un saludo.-

      Miguel A.

      Magistrado del TSJC

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  8. kart1
    desde cuando se necesitan 3 sentencias del supremo o TS para sentar jurisprudencia siempre han sido 2 cuiado con esta noticia porque es falsa y puede hacer mucho daño a gente que no entiende .

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Los comentarios están cerrados.