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¿Te ejecutan la hipoteca? Europa evitará que te echen

Las ejecuciones se harán esperar…

¿Tienes la ejecución hipotecaria parada porque tienes alguna cláusula abusiva? ¿El banco te ha ejecutado la hipoteca por no pagar una sola cuota (o más) y quieres saber cómo evitar que te quiten la casa?

Gracias al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que está en Luxemburgo, puedes lograrlo. La historia viene de lejos cuando un obrero marroquí logró a través de su abogado que no le desahuciaran por no pagar la hipoteca. Era 2013 cuando el Tribunal de Luxemburgo dijo que una hipoteca no se podía ejecutar ni se podía echar a nadie de su casa si en el contrato había al menos un cláusula abusiva.

Pero al Tribunal Supremo español le cuesta hacer cosas que vayan contra la banca y desde febrero de 2017 está diciendo que la ejecución y el desalojo se pueden llevar adelante siempre que se anule la cláusula abusiva del contrato. Menos mal que el Tribunal europeo tiene más sentido común y menos pelos en la lengua.

Ahora su abogado general confirma que no se puede echar a nadie de su casa sólo por no pagar una cuota. No es aún la sentencia definitiva del Tribunal de Luxemburgo, pero sí que es la que va primero y la que nos da una idea de por dónde irán los tiros, ya que la opinión del Tribunal suele ir en línea con la de este magistrado.

Suerte tendrán las miles de hipotecas cuya ejecución está paralizada esperando a ver qué dice el Tribunal luxemburgués. Ya nos queda poco para saber su opinión… Después de la del magistrado no suele tardar en llegar la suya y puede ser favorable.

El año pasado había más de 27.000 ejecuciones hipotecarias activas y como hay tantos abusos hipotecarios, no sería de extrañar que todas o casi todas pudieran pararse porque rara es la hipoteca hoy en día que no tiene al menos una cláusula abusiva en su contrato.

Por ejemplo la de vencimiento anticipado, sobre la que el Tribunal europeo ya dijo que no se puede aplicar porque es un abuso total. El vencimiento anticipado es que, en cuanto dejas a deber una sola cuota, el banco te puede pedir que le devuelvas todo lo que te queda por pagar y, si lo no haces, ejecuta la hipoteca y luego te echa la calle.

Esto se viene aplicando desde 2013, pero tiene los días contados. Primero por la opinión del Tribunal europeo y segundo porque la nueva ley hipotecaria, en la que los nuevos gobernantes no se ponen de acuerdo para aprobar (así llevamos dos años y medio…) tiene otras normas.

La idea es que a partir de que se apruebe, el banco sólo pueda ejecutar el préstamo durante la primera mitad del plazo si dejas de pagar 9 meses o lo que no pagas es al menos el 2% de la deuda total. Durante la segunda mitad de la hipoteca la norma es más permisiva, subiendo a 12 los meses que dejas a deber o siendo el 4% de la deuda total.

Las demandas de cláusulas abusivas, resueltas en 16 meses

Espera para cobrar y entona: Peneeélopeeeee, con su bolso de pieel marróoooon… y sus za-pa-ti-tos de tacóoooon, y su ves-ti-do de domiii-iiiin-goooo

Que sepas que si denuncias al banco por alguna cláusula abusiva, la cosa se te alargará en el juzgado una media 16 meses, o sea 1 año y 4 meses hasta que se resuelva el asunto. El tiempo al final puede ser más o menos, es un plazo medio orientativo que ha calculado un portal de reclamaciones.

Ya sabemos que, desde que se crearon en junio del año pasado, los juzgados de cláusulas abusivas están más colapsados de lo que deberían por falta de medios, sobre todo falta de personal.

Son 52, uno por provincia, y no dan abasto. Tantos son los atropellos cometidos en los contratos hipotecarios y tantas las denuncias que, aunque se pensaran como remedio para no colapsar los juzgados originales donde tocaba llevar los asuntos, han terminado colapsados ellos mismos, con una espera importante.

Entre cláusula suelo, que sólo se resuelve el 40% fuera del proceso amistoso que se inventó el Gobierno para eludiar precisamente ir a juicio, las hipotecas multidivisa, los gastos de la hipoteca, la comisión de apertura, la cláusula de vencimiento anticipado, el IRPH y otras joyas del sector, estos juzgados no paran.

Y ya podemos esperar que los mantengan, porque la idea de momento es que estén sólo hasta diciembre, totalmente insuficiente si tenemos en cuenta que hasta marzo sólo habían resuelto poco más del 14% de las demandas recibidas. Y las que quedan por atender y las que vendrán porque la lista de abusos bancarios no deja de crecer cada año, al igual que la gente que decide demandar.

La parte buena de esperar es que es casi seguro que la sentencia saldrá a tu favor, ya que el 98% de los casos se resuelve dando la razón a los clientes y penalizando a la banca a retirar cláusulas, cambiar contratos y devolver el dinero con los intereses que haya generado en los años que pasaron desde que se cobró de más hasta que sale la sentencia. ¿Quién no prefiere cobrar cuanto antes? Al menos el tiempo corre a tu favor porque el banco te pagará más intereses.

También es verdad que depende del caso, porque no es lo mismo seguir sufriendo una cláusula suelo que te ahoga o una hipoteca multidivisa que te pone la cuota impagable dejando la deuda pendiente por las nubes, que una comisión de apertura o unos gastos de la hipoteca en los que se trata de recuperar lo que ya soltaste, pero que ahora no te oprime la economía familiar porque no lo sigues pagando como lo otro.

También varía el dinero a recuperar: mientras que con el suelo puedes trincar entre 4.000 y 16.000 €, con los gastos la cosa baja a los 3.000 € de media, y con la multidivisa puedes cobrar más de 60.000 €.

En cualquier caso, que la demora no te frene a reclamar lo que es tuyo. La Justicia siempre ha sido lenta y sólo cabe esperar que mantengan estos juzgados hasta que todos los abusos se terminen de juzgar.

En este caso me parece que los 5 años que dije el otro día se quedan cortos, más bien deberán dejarlos creados de por vida, porque la banca es como los malos de las películas, que cuando no traman una cosa traman otra y a cada cual peor, más sorprendente y afinando el estilo canalla. Siempre hay que estar en guardia y vigilantes para que no te la cuelen, porque más vale prevenir que demandar.

Los juzgados de cláusulas abusivas no cumplen con las expectativas

La Justicia sigue más lenta que el caballo del malo

Si has demandado o planeas demandar al banco por cláusulas abusivas en la hipoteca como el suelo, los gastos, la multidivisa o el vencimiento anticipado, entre otras muchas, que sepas que la mayoría de sentencias (el 97,6%) van a favor de los clientes, pero que la cosa va para largo.

Hace un año que, para evitar el colapso judicial, se clonaron todos los juzgados españoles que llevaban estos temas. El resultado fue uno más por provincia que sólo se iba a dedicar a juzgar las demandas a bancos por cláusulas abusivas. Después de denunciar y criticar que nacieron y continuaron con pocos medios, estos juzgados tienen una tasa desigual de resolución de los casos.

Aunque la media nacional ha sido de 14,6% de casos resueltos, o sea cerca de 29.000 de casi 209.000 reclamacones, una birria global en toda España. Pero no se puede meter a todas las regiones en mismo saco: la productividad varía de unas a otras. Por ejemplo tenemos a Asturias como campeona absoluta con casi un 56% de casos resueltos y en el otro extremo a Cataluña, donde sólo el 6,6% de las demandas han encontrado una respuesta.

Parece que se van poniendo las pilas y cogiendo el tranquillo, además de que en algunos sitios hayan aumentado personal. Entre enero y marzo de este año ya van algo más de 13.500 sentencias, lo que duplica con creces las del trimestre anterior. De todos modos, si denuncias toca tener paciencia porque desde que el caso se recibe hasta que se juzga pasa mucho más tiempo del que se quería y esperaba que pasara cuando se idearon estos juzgados.

En el caso de la cláusula suelo sólo te merece la pena denunciar si no has llegado a un acuerdo con el banco a través del mecanismo extrajudicial que el Gobierno puso en marcha en enero de 2017, por el mismo motivo: para no saturar los juzgados. Pero como sólo se ha llegado a un acuerdo en el 40% de los casos, es probable que parte de quienes no han obtenido el dinero reclamen a estos nuevos tribunales creados el año pasado.

Si lo que tienes es una hipoteca multivisa es casi seguro que vas a triunfar porque el Tribunal Supremo las condenó y reconoció que hay que recalcularlas en euros para que no pierdas ni un duro, ni de repente tengas que pagar una cifra astronómica al aumentar de valor (apreciarse) la moneda en la que tienes firmado el préstamo.

Con la cláusula de vencimiento anticipado es posible que encuentres respuesta a favor o que, simplemente, te paralicen el caso hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea diga si es legal o no, tal y como le preguntó el Supremo hace poco.

Si sólo o también denuncias los gastos de la hipoteca, dependerá de quién te toque. En algunos juzgados se sigue a pies juntillas la sentencia del Supremo sobre que el banco no debe pagar los impuestos, mientras que en otros el juez va por libre y lleva la contraria. Al final pasará, otra vez, lo que se diga en Europa, se verá con el tiempo.

La cláusula de vencimiento anticipado otra vez se decide en Europa

Y vuelta la mula al trigo…

Nos volvemos a topar con el TJUE, o sea el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que es el que al final resuelve, generalmente a favor de los clientes, las cláusulas abusivas de las hipotecas españolas que el Tribunal Supremo no ha tenido las narices de condenar o que ha sentenciado de forma floja y muy conservadora, por lo general barriendo para la banca.

Esta vez nos lo encontramos por un tema viejo, ya manido, pero que no termina de resolverse: el de la cláusula de vencimiento anticipado, muy típica en las hipotecas a tipo fijo, pero también presente en las de tipo variable. Esa cláusula por la que el banco puede pedir que de repente pagues todo lo que debes de hipoteca si le has fallado en el pago de alguna mensualidad.

El tema comenzó en 2011, en plena crisis, cuando CatalunyaCaixa echó de casa a Mohammed Aziz por deber 453 € y sólo representaban el 0,3% de la hipoteca. Como es y sigue siendo una barbaridad, Mohammed demandó al banco en 2013 y su abogado preguntó por el tema al Tribunal Europeo.

La respuesta fue positiva y, desde entonces cualquier juez puede evitar que alguien pierda su casa si en el contrato de la hipoteca ve alguna cláusula abusiva como ésta del vencimiento anticipado. A raíz de entonces también se cambió la ley y hay que acumular 3 impagos mensuales para ejecutar la hipoteca.

En un intento de zanjar el problema, el Gobierno ha incluido en la nueva norma hipotecaria que sólo se puede pedir que el cliente pague toda la hipoteca si acumula impagos de, como mínimo, el 2% de la hipoteca, intereses incluidos. O bien si está 9 meses sin pagar durante la primera mitad del plazo o 12 meses en la segunda parte. Peeeeero… Como no se termina de aprobar esta reforma, esto todavía no sirve y estamos en manos de lo que diga el Tribunal Supremo.

¿Por qué? Porque el caso ha vuelto a sus manos y, como no quiere perjudicar más a la banca, tras la cláusula suelo, las multidivisa y los gastos de la hipoteca, el Tribunal Supremo ha preguntado al Tribunal Europeo si de verdad los jueces españoles pueden paralizar un desalojo en caso de ver cláusulas abusivas o no.

Este tribunal tan majo ya dijo que sí, que esto era así tras el caso de Mohammed, por lo que es de esperar que nos vuelva a dar la razón, pero mientras tanto los jueces españoles tienen las manos atadas.

En esta ocasión, el Tribunal Europeo va a revisar casos de Abanca, BBVA y Bankia, por el mismo tema de la cláusula de vencimiento anticipado, pero es de esperar que su respuesta, que aún tardaremos en conocer, sirva para todos los casos parecidos de todos los bancos.

¿De qué sirve reclamar al Banco de España?

El Banco de España recibió en 2017 el triple de quejas que en 2016, hasta alcanzar la cifra récord de 40.170 reclamaciones, de las que el 80% fueron por hipotecas.

Así está el panorama hipotecario: recogiendo lo que se sembró cuando había bonanza y cuando se empezó a ver que bajaría el Euríbor. El récord anterior fue en 2013, que tras la sentencia del Tribunal Supremo sobre la cláusula suelo, se dispararon las reclamaciones al Banco de España.

Que levante la mano quien no tenga una o más cláusulas abusivas en la hipoteca. Si crees que no tienes ninguna, mira bien el contrato porque seguro que algo encuentras.

Si has esquivado la cláusula suelo, el IRPH y tu hipoteca no es multidivisa, seguro que te han pillado haciéndote pagar todos los gastos de la hipoteca, con el método de cálculo 360/365, con los interés de demora o alguna otra cláusula abusiva de las muchísimas que hay.

Si tu hipoteca es a tipo fijo, cuidado con la cláusula de vencimiento anticipado, por la que el banco te puede pedir que devuelvas de golpe lo que te queda por pagar de hipoteca, si ve que amortizas antes de tiempo una cantidad con la que cree que le haces dejar de ganar dinero porque eso supone que pagarás menos intereses.

Abusos en las hipotecas hay los que quieras y más, por eso es normal que 8 de cada 10 quejas recibidas por el Banco de España sean de hipotecas. Y pocas son estas más de 40.000 del año pasado teniendo en cuenta que en España hay 8 millones de hipotecas y todas están afectadas, como mínimo, por el pago de los gastos.

Precisamente, este motivo es el que ha hecho subir las reclamaciones ¡¡¡casi un 278%!!! con respecto a las del año anterior: en 2016 sólo hubo 14.462 quejas. Puedes reclamar al Banco de España de forma presencial, por Internet con certificado electrónico o por correo postal. Primero tienes que haber reclamado lo mismo al Servicio de Atención al Cliente (SAC) de tu banco y éste tiene que haberte dado calabazas: bien porque no te contestó en dos meses o porque lo hizo de forma negativa.

Reclamar al Banco de España es lo último que se puede hacer antes de demandar por vía judicial. ¿Recomendable? Teniendo en cuenta que a veces no contesta… Que no siempre se pone a favor del cliente… Y que lo que diga no es vinculante, o sea que no sirve para obligar al banco a quitarte cláusulas y devolverte dinero, pues te diría que no vale para nada.

Pero eso tampoco sería verdad. Sí que vale. Aunque no sea para forzar al banco cambiar lo que ha hecho mal, sí que es un paso importante por dos motivos. El primero es que deja constancia de tu cabreo en forma de estadística y aparece en la Memoria Anual del Banco de España; es noticia, se conoce, se habla de ello. El segundo es que, si consigues que opine a tu favor, es un documento de peso que te puede ayudar a ganar el juicio cuando demandes.

Si te decides, algo recomendable, puedes elegir entre hacerle una consulta, ponerle una queja o una reclamación. El plazo para que te conteste es de uno, tres o cuatro meses, respectivamente, desde que presentas toda la documentación. Como no es vinculante, si sale en tu contra, tampoco te obliga a nada.

Si firmas a tipo fijo, cuidado con la cláusula de vencimiento anticipado

Ándate con mil ojos

¿Tienes una hipoteca  tipo fijo, vas a firmarla o quieres pedirla? Pues mucho ojo con la cláusula de vencimiento anticipado. Es poco mencionada y menos conocida que el hecho de que con la hipoteca fija tienes la tranquilidad de saber que la cuota siempre será la misma.

Como en todo, las hipotecas fijas tienen también sus contras, que debes conocer. La cláusula de vencimiento anticipado, también llamada de compensación por tipo de interés, consiste en que el banco te cobra una comisión, que suele ser del 4% los 10 primeros años y del 3% el resto del plazo si pagas parte de la deuda antes de tiempo (amortizas anticipadamente) o si cancelas la hipoteca antes de que termine el plazo.

Mientras que en una hipoteca variable te cobran entre el 0,25% y el 0,50% por esto mismo, y no siempre puesto que las hay que no tienen esta comisión, en una fija la cosa sube hasta el 4% de lo que amortizas. Por ejemplo, si decides adelantar el pago de 1.000 € porque tienes unos ingresos extra, has ahorrado o heredado, el banco te cobrará 40 € por hacerlo.

Un gasto desagradable e inesperado que no tendrías por qué asumir. El Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se han pronunciado contra ella, si bien la gran respuesta del tribunal europeo está por llegar. Hace un año que el Supremo le preguntó por vía de urgencia, pero el europeo le echó un jarro de agua fría diciendo que respondería en el plazo habitual, más largo. Y aún estamos esperando… Quizá este año sepamos algo definitivo.

Mientras tanto, en estos años pasados se han paralizado decenas de desahucios porque jueces de toda España han considerado que la cláusula de vencimiento anticipado es abusiva, según lo que ya dijo el tribunal europeo de que podía considerarse así si suponía desequilibrio entre banco y cliente, si no se redactó de forma clara, si no se incluyó de manera transparente o si el banco de verdad tenía razón al aplicarla.

¿Y por qué esto último? Porque, precisamente, la cláusula de vencimiento anticipado no se tiene por qué cobrar siempre. El banco decide si activarla o no según le convenga. Si piensa que tu pago adelantado de la hipoteca le perjudica, la activa, algo que suele ocurrir cuando amortizas deuda o cancelas la hipoteca anticipadamente en un momento en que los tipos de interés están más bajos que tu tipo fijo y, por tanto, el banco pierde dinero si te adelantas en el pago y no te puede cobrar como antes.

De ahí el nombre de la cláusula y ahí está el quid de la cuestión. Es una estrategia de la banca para protegerse contra los tipos de interés bajos, asegurándose que no van a ganar menos dinero. Aunque el planteamiento sea diferente, es la misma filosofía de la cláusula suelo o de la cláusula cero: ganar más en tiempos de intereses bajos.

Si firmas una hipoteca a tipo fijo mira bien dónde te la colocan, porque es habitual en todos estos préstamos. Si no prevés adelantar el pago de ninguna cantidad entonces te dará igual, pero si firmas con intención de ir amortizando anticipadamente de vez en cuando o crees que en unos años, antes de tiempo, cancelarás la hipoteca, no elijas un préstamo a tipo fijo o negocia que no te incluyan esta cláusula o pagarás esta comisión extra. Avisados estáis: ¡¡mucho ojito con el tema!!

El juzgado de cláusulas abusivas de Madrid resuelve su primer caso

Habemus primer caso resuelto

Habemus primer caso resuelto

Antes de llegar a su colapso total, que ya lo tiene encima porque sus pasillos contienen 11.000 demandas esperando a ser admitidas, el Juzgado 101 bis de Madrid, uno de los 54 que se crearon en junio para la resolución de los casos de cláusulas abusivas, ya tiene su primera sentencia. Oleeeee. Habemus caso resuelto que el cliente aún puede recurrir.

No es quizá la solución que exactamente le hubiera gustado al hipotecado, pero al menos ha visto resuelto su caso de forma bastante favorabel en un plazo razonable de tiempo, ya que el juzgado se creó en junio y tiene su sentencia en septiembre, lo que acorta mucho los plazos que se van a manejar a partir de ahora.

Dada la escasez de medios materiales y humanos que tienen los 54 juzgados, a los que se espera que les caigan encima 195.245 demandas al año, se prevé que tarden en resolver cada caso 4 años en lugar de los 12 meses que necesitarían si tuvieran cuatro veces más medios de los actuales.

Como es un juzgado que tiene entre manos todas las cláusulas abusivas, y no sólo la del suelo que es la más famosa, la sentencia abarca varias cosas. Anula la cláusula de vencimiento anticipado, por la que el banco podía liquidar unilateralmente la hipoteca por cualquier cosa mínima que no cumpliera el cliente.

Está bien que se la hayan cargado, hay ya varias sentencias contra esta cláusula e incluso el Tribunal de Justicia de la Unión Europea le ha dado caña. Es que es un abuso que incumplas cualquier cosilla y el banco, porque sí y sin negociar contigo ni tener tu consentimiento ejecute la hipoteca e inicie el embargo del piso.

Esta primera sentencia del nuevo tribunal también ha anulado los intereses de demora que había, muy abusivos por estar más de cuatro puntos por encima de los que el cliente debía pagar originalmente al banco.

También ha declarado que la entidad pague algunos de los gastos de constitución de la hipoteca, en este caso la notaría y el registro de la propiedad, porque es el único interesado en la garantía que ofrecen estos profesionales a la hipoteca (dar fe e inscribirla en un registro público).

En cambio, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), el más caro carísimo de todos, debe correr por cuenta del cliente, porque así lo opina el Tribunal Supremo y se deja entrever en la Ley Hipotecaria, dice el juez.

Esto es una lotería según el juez y la provincia que te toquen, pues unos echan mano de la Ley para que lo pague el cliente y otros se lo adjudican al banco. La mayoría va por el primer caso, pero aún no hay 100% acuerdo en la Justicia española sobre este impuesto ni sobre los gastos en general, aunque ya van saliendo sentencias que encasquetan a la banca el pago de al menos alguna cosa, como ha sido ahora el caso.

De qué va la reforma de la Ley Hipotecaria: las claves

No hay que avisar de que te quemas, hay que evitar el incendio

No hay que avisar de que te quemas, hay que evitar el incendio

El Gobierno prepara ¡¡por fin!! la reforma de la Ley Hipotecaria que se tenía que haber hecho hace más de una década.

Aquí van las claves que van soltando a cuentagotas sobre lo que está preparando. El próximo día haremos el análisis.

- Información previa. El banco tendrá que entregar una ficha muy completa con las características de la hipoteca, explicando las cláusulas y qué consecuencias tienen. También se incluirá una simulación sobre subidas o bajadas del Euríbor, para que el cliente sepa cuánto puede llegar a pagar de cuota.

- Contrato estándar. Habrá un único tipo de contrato donde todo aparezca muy detallado y muy clarito, sin letra pequeña ni cláusulas engorrosas u opacas. Pueden ser abusivas, pero al menos transparentes, que es lo que más se ha criticado en las sentencias judiciales hasta el momento.

- Comprensión y notario. Para asegurarse de que entiendes todo y luego no demandas diciendo que no sabías qué firmabas, el notario te explicará la hipoteca desde una semana antes de la firma. También te pasará un test para comprobar que te has enterado de todo, dando fe de que conoces perfectamente a qué te comprometes y sus consencuencias.

- Lista negra. La notaría no podrá declarar ilegal una cláusula, competencia exclusiva de los tribunales, pero sí podrá tirar para atrás una hipoteca que la contenga. Para ello, contará con una lista de abusos declarados ilegales por los jueces. Si sólo es abusivo pero legal, explicará el contenido al cliente para que sepa qué firma.

- Intereses de demora. Se fijará un interés concreto si te retrasas en el pago de la cuota. Este interés llegó al 29% en el caso más sangrante. Ahora es de tres veces el precio legal del dinero, o sea del 12% como máximo. Con la nueva ley no habrá máximos ni mínimos, sólo un interés que pueda aplicar la banca.

- Vencimiento anticipado. Ahora al tercer impago el banco puede ejecutar la hipoteca y embargar la vivienda. Se dejará que el banco lo siga pudiendo hacer, pero dependiendo de cuánto quede por pagar. La banca vería bien que se ejecutara la hipoteca más tarde, al sexto o noveno mes de impagos.

- Euríbor. Seguirá siendo el índice al que se liguen las hipotecas. Si se mete otro o no lo dejarán en manos del Banco Central Europeo (BCE), la Asociación Española de Banca (AEB) y la Autoridad Bancaria Europea (ABE).

- Vinculación y comisiones. Se regulará cuánto se puede cobrar por intermediar en la contratación de una hipoteca y por amortización anticipada o cancelación. Van a regular la vinculación de los préstamos (seguros, tarjetas, plan de pensiones, domiciliar la nómina, etcétera).

Cómo conseguir que no te embarguen el piso si no pagas la hipoteca

Devuélveme lo mío

Devuélveme lo mío

La cláusula de vencimiento anticipado está en entredicho. Significa que el banco te puede pedir que le devuelvas de golpe todo el dinero del préstamo si dejas de pagar 3 cuotas. Antes eran 6, pero Zapatero lo bajó a 3 al final de su legislatura.

Esta cláusula es la madre de todos los desahucios. Dejas de pagar, el banco ejecuta la hipoteca, con el tiempo embarga el piso… Lo subasta, obtiene una cantidad ridícula por él… Te quedas sin casa y, para colmo, te reclama el resto del dinero que no ha sacado con la venta del piso, hasta que le pagues hasta el último céntimo que le debes.

¿Pero cómo se supone que vas a pagar si no tienes casa y la has perdido porque no te quedaba dinero? Que esto pase con una segunda residencia o una vivienda que se compraba para invertir, se entiende que se podría seguir pagando y quizá no se quiera. Pero nadie quiere verse en semejante marrón, no se deja de pagar porque se tenga y no se quiera. Es de las últimas cosas que se dejan de pagar y, si se hace, es porque de verdad no se puede.

Esta cláusula de vencimiento anticipado está ya también en los juzgados, como el suelo, los gastos de formalización, el IRPH, las hipotecas multidivisa y otros abusos bancarios. Y está también en la agenda del Gobierno, en la reforma de la Ley Hipotecaria que tiene entre manos.

Le dan vueltas a si se podrá pedir o no la devolución de lo que queda por pagar en función del porcentaje de lo que ya se haya amortizado. Aún no han dicho qué porcentaje ni se ha aprobado la reforma, sólo es una idea.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, único que de momento nos echa una mano a los consumidores españoles para poner orden entre tanto abuso bancario, dijo hace un par de meses que pedir por adelantado el pago de lo que queda de préstamo y hacerlo al tercer impago de cuota es un abuso y la cláusula nula. Que hay que ver cuánto queda por pagar tanto en tiempo como en dinero.

Otra buena noticia es que permitió a los jueces españoles paralizar una ejecución en cuya hipoteca esté esta cláusula. La Audiencia Provincial de Madrid ha parado todas las ejecuciones hipotecarias de este tipo, hasta ver cómo cree el Tribunal europeo que hay que resolver el tema.

Si no pagas 3 cuotas y el banco te ejecuta la hipoteca, tienes 10 días para contestarles negándote a que te pidan el resto de la deuda. Les dices que es una cláusula abusiva que está en entredicho por la Unión Europea y que debéis buscar otra solución diferente a pagar de golpe el capital pendiente.

Cláusulas abusivas más frecuentes en la hipoteca

Expertos en camuflaje

Expertos en camuflaje

De abusos está el mundo lleno, y el mundo hipotecario más. Los bancos no siempre llaman a las cosas por su nombre, les gusta camuflarlas, esconderlas, hacerlas pasar por lo que no es, y sobre todo no explicarlas con claridad.

De aquellos barros vienen estos lodos: la banca en general se creyó muy lista ocultando algunas cosas y ya llevan unas cuantas sentencias en contra por cosas como clips, swaps, cláusulas suelo, de vencimiento anticipado, redondeo al alza, hipotecas multidivisa o intereses de demora indecentemente altos.

Algunas están prohibidas por Ley, otras por el Tribunal Supremo y otras sólo se consiguen eliminar gastándose los cuartos en abogados y a golpe de sentencia.

El redondeo al alza de las hipotecas consistía, como su propio nombre indica, en redondear hacia arriba la cuota de la hipoteca. Por ejemplo, si el interés resultante era 2,867% el banco aplicaba el 3%. Caja Madrid, ahora intengrado en Bankia, fue una de las cajas que más lo hicieron.

La cláusula suelo es un límite que los bancos se sacaron de la manga antes de la crisis para compensar el dinero que iban a dejar de ganar cuando el Euríbor cayera por los suelos.

Sabían que eso ocurriría y se inventaron un interés mínimo que el cliente pagaría si al suma de Euríbor y diferencial era inferior al suelo pactado. Tiene sentencias en contra de varios tribunales, incluido el Supremo, y ahora la cuestión es desde cuándo tienen los clientes derecho a cobrar el dinero que han pagado de más. De momento, salvo nueva sentencia en contra, es desde el 9 de mayo de 2013.

Algunas entidades también ponían una cláusula techo, a veces del 10% o 12%, totalmente descompensada con el suelo porque el máximo alcanzado por el Euríbor queda muy lejos, en el 5,393%.

El interés de demora aplicado por algunas entidades ha sido abusivo. El 29% por pagar con retraso alguna cuota es leonino, igual que cuando te cortaban una libra de carne (¡¡de tu carne!!) por retrasarte en los pagos en la Edad Media. Tras una ley del Gobierno ya no puede ser más de tres veces el precio legal del dinero, o sea actualmente el 12%.

La última en sufrir un varapalo judicial (esta vez contra el BBVA) ha sido la cláusula de vencimiento anticipado, mediante la cual el banco te puede pedir que pagues todo lo que debes sólo con que no abones una mensualidad.

Si crees que el banco no te lo ha explicado todo correctamente o no te fías, pregúntale al notario. Tiene el contrato de la hipoteca desde mucho antes en su despacho y puedes ir un día y preguntarle si ha visto algo raro y que te explique qué vas a firmar. Este asesoramiento está incluido en el precio por sus servicios en la compraventa del piso.

Si todo ha ido mal y no parece que haya vuelta atrás porque te han ejecutado la hipoteca, el juez puede parar tu desahucio si ve alguna cláusula abusiva en el contrato. Algo es algo.