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¿Tengo que declarar a Hacienda la indemnización de la cláusula suelo?

Busca tu caso, hay un abanico de posibilidades

Si eres una de las personas afortunadas que el año pasado cobró lo que el banco le había robado con la cláusula suelo, te estarás preguntando si debes declararlo a Hacienda, ya que esta Campaña de la Renta 2017 es la primera en la que afecta este tema. La respuesta depende de cómo hayas cobrado la indemnización y de si te has desgravado la hipoteca en años anteriores.

Si has recuperado el dinero mediante sentencia judicial y el banco ha sido condenado a pagarte las costas, debes tributar por ellas a Hacienda como una ganancia patromonial. Se hace rellenando las casillas 524 y 526 de la declaración, pero no la 525 y 527, que hablan de los intereses de demora que hayas cobrado. También tienes que marcar las casillas 453 y 454.

Si te lías o te resulta más cómodo, puedes tramitarlo con tu abogado o gestor habitual o bien pedir cita para que cualquier oficina de la Agencia Tributaria lo haga por ti gratuitamente. Así de paso revisa el resto de la Declaración y la dejas presentada.

Por otro lado, si el dinero que el banco tenía que pagarte no te lo ha ingresado sino que lo ha descontado de lo que te queda por pagar de hipoteca, no tienes que declararlo ni tributar por ello, aunque te hayas desgravado la hipoteca en campañas anteriores. La otra ventaja es que te queda menos deuda por pagar y ahora pagas casi todo cuota y muy pocos intereses.

El inconveniente es que si tienes derecho a la desgravación, porque compraras la casa antes de 2013 y hayas desgravado la hipoteca en años anteriores, como te queda menos por pagar, disfrutarás menos tiempo y por menor cuantía de esta ventaja fiscal.

Si, en cambio, el banco te ingresó el dinero del suelo y sus intereses, en lugar de descontarlo del capital pendiente, no tienes que declararlo a Hacienda ni tributar por ello, porque es la devolución de un pago que no tenías que haber hecho, no es una renta que cobres. Esto es así tanto si estás en el 40% que llegó a un acuerdo para que le devolvieran el dinero como si hay sentencia judicial de por medio.

Solamente, en caso de que te hubieras desgravado la hipoteca en años anteriores por tener derecho a a la desgravación fiscal al haber comprado el piso antes de 2013, debes regularizar tu situación. ¿Y cómo lo hago? Sólo te afecta si en las cuotas hipotecarias que te has desgravado se incluía ese dinero que has pagado de más.

Lo explico en detalle. Como máximo puedes desgravarte 9.040 euros al año por cada titular de la hipoteca, que dividido entre 12 meses da una media de 753,33 euros al año. Si por tener cláusula suelo sólo tú pagaste, por ejemplo, una cuota mensual de 1.000 euros y sin suelo hubieras pagado 760 euros, no tienes por qué regularizar nada, ya que no te has desgravado nada que ahora hayas cobrado.

En cambio, si por culpa del suelo pagabas 900 euros y sin él hubieras pagado 600 euros, tienes que regularizar todo el dinero que hay entre esos 600 euros y los 753 que de media has pagado al mes, o cualquiera que sea tu situación.

En este caso esta campaña tienes que presentar una Declaración complementaria por cada año que esto te haya pasado como máximo desde 2013, ya que los asuntos fiscales prescriben a los 4 años. Menos mal, que si no te tocaría regularizar desde que se te empezó a aplicar el suelo hasta ahora.

¿Y qué es regularizar? Pues que tienes que devolver a Hacienda el dinero que ella te dio por tener hipoteca durante esos años, pero como digo, siempre y cuando eso que te desgravaras fuera porque el suelo te hacía pagar más hasta llegar al límite de la desgravación (9.040 euros).

Como esto de no tener que declarar el dinero a Hacienda viene del Real Decreto que el Gobierno puso en marcha en enero de 2017 para acelerar y facilitar la devolución de la pasta, quien haya cobrado la indemnización por el suelo en años anteriores sí tuvo que declararlo a Hacienda como ingresos.

Y como no es justo que en ese caso se consideraran ingresos y ahora no, en esta Renta 2017 puedes pedir que la indemnización que cobraste (por ejemplo 20.000 euros) se descuente de los ingresos que has tenido el año pasado, por ejemplo 24.000. Así es como si esa indemnización nunca te hubiera contado como renta y, en definitiva, anular la tributación (pago de impuestos) que ya tuviste que hacer.

Renta 2017: el chollo de las hipotecas que aún tienen desgravación fiscal

La suerte de que, gracias al Euríbor tan bajo, la hipoteca salga gratis, sin pagar intereses

Un año más, llega la cita con Hacienda. Desde el pasado 4 de abril hasta el 2 de julio, ambos inclusive, se puede presentar la Declaración de la Renta 2017; el primer mes sólo por Internet, teléfono fijo o móvil, y a partir del 8 de mayo también de forma presencial.

Este año, Hacienda se ha volcado en las nuevas tecnologías y espera que 4,8 millones de personas presenten la Declaración a través de una nueva aplicación que ha creado para teléfonos móviles.

También ha puesto en marcha en servicio Le llamamos, por el que puedes pedir que Hacienda te llame, te asesore y dejar presentada tu Declaración, todo por teléfono. El Fisco se vuelca en ponérnoslo fácil y eso que el 70% de las declaraciones salen a devolver.

Si piensas llamar, que sea a los números oficiales: 901 22 33 44 ó 91 553 00 71. Cualquier otro es falso y debes tener cuidado porque se ha detectado un fraude que da citas no válidas y te cobra un pastón por las llamadas.

Como en años anteriores, puedes seguir desgravándote todo lo que has pagado de hipoteca, ya sea cuota mensual -tanto capital como intereses- o amortizaciones anticipadas. El límite es de 9.040 euros por titular y año, de los que Hacienda te puede puede devolver hasta el 15%, o sea 1.356€, siempre que te haya retenido todo ese mismo dinero en concepto de IRPF a lo largo del año pasado.

¿Se pueden desgravar todas las hipotecas? Lamentablemente no. En 2011, el Gobierno eliminó la deducción por vivienda habitual a quienes compraran desde 2013, por lo que sólo pueden desgravarse la hipoteca quienes hayan comprado su vivienda habitual antes de esa fecha y se la hubieran desgravado en la Renta 2012 o años anteriores.

También te puedes desgravar lo que hayas pagado en reformas de la casa, como rehabilitación o amplicación, siempre que las obras empezaran antes de 2013, o al menos pagaras alguna cantidad antes de ese año, y que hayan terminado antes de 2017. O sea que esta campaña de la Renta es la última para desgravarse por estos conceptos. Lo mismo ocurre si las obras fueron encaminadas a adaptar la vivienda para una persona con discapacidad.

Eso sí, mucho ojito con intentar desgravarse una vivienda que no es realmente la habitual, aunque lo haya sido. Hacienda está este año a tope mirando con lupa quiénes se desgravan viviendas que no son habituales.

¿Y cómo lo saben? Consultan dónde estáis empadronados, cuál es el centro de salud más cercano a la vivienda o cuál es la casa que tienes más cerca del trabajo, además de los consumos de luz, agua, gas… Así que no es recomendable intentar colarle como habitual una casa que no lo es, aunque sí haya sido tu residencia principal en años anteriores.

Aunque la gente que gana menos de 22.000 euros al año de un solo pagador no tiene por qué hacer la Declaración, es obligatoria y te interesa si tienes derecho a la desgravación fiscal, porque recuperas dinero que te hayan retenido en IRPF. Si ganas menos de 14.000 euros ya no tienes que pagar IRPF pero debes presentar la declaración para que Hacienda te devuelva lo que te cobró de IRPF en la primera parte del año.

Dado que el Euríbor estuvo todo el año pasado en negativo, quienes tengáis derecho a la desgravación fiscal por hipoteca veréis cómo la hipoteca os va a salir gratis en 2017. ¿Gratis? Síiiiii, porque es posible que lo que hayas pagado en intereses e incluso parte de la cuota anual, entre dentro de esos 1.356 euros que como máximo devuelve el Fisco a cada titular de la hipoteca. ¡Toma chollazo! Es como devolver lo prestado sin pagar intereses.

Recordad también que, si vivís en País Vasco o Navarra, la desgravación fiscal sigue existiendo para hipotecas firmadas de 2013 en adelante. En Navarra, puedes deducir hasta el 15% de lo pagado por una vivienda de protección oficial comprada hasta 2015, con un máximo de 7.000 € si eres único titular o de 15.000 si hay varios. En País Vasco devuelven hasta 1.530 euros o, en caso de familias numerosas o jóvenes, hasta 1.955 euros.

El próximo día veremos qué pasa si el año pasado recuperaste dinero por la cláusula suelo, porque sí aparecerá en la Declaración de la Renta y tienes que tributar según el caso.

Si te desgravas la hipoteca, amortiza lo que puedas antes de que acabe el año

A ver, que el tiempo corre...

A ver, que el tiempo corre… hay que ir pensándolo ya

No hay más que ver los lineales de los supermercados y el escaparate de algunas tiendas de ropa para darse cuenta de que se acerca Fin de Año… Cada vez antes, ¡¡por favor!!

Lo bueno es que, si tienes algún dinerillo ahorrado que puedas gastar, aún estás a tiempo de amortizar algo de hipoteca.

La amortización anticipada de un préstamo es adelantar el pago de cierta cantidad de dinero que debes, sin que te lo pida el banco y porque tú quieras. En el caso de las hipotecas tenemos la amortización total (que es pagar todo lo que te queda de hipoteca de golpe), amortización parcial (pagar sólo una parte) y cancelación (has terminado de pagar todo y quieres anular la hipoteca).

La amortización total sólo interesa si vas a vender la casa o no te puedes desgravar la hipoteca y, de repente, te cae tal cantidad de dinero encima (lotería, herencia, indemnización, etc…) que te permite saldar la deuda de golpe, quedándote todavía no con una parte para tener ahorros.

Si te puedes desgravar la hipoteca no te interesa, porque dejas de recuperar un dinerete muy majo que Hacienda te devuelve cada primavera: hasta el 15% de 9.040 €, o sea que cada año te pueden devolver hasta 1.356 € siempre que te hayan retenido por lo menos eso en IRPF a lo largo del mismo año.

La amortización parcial también conviene si te puedes desgravar la hipoteca, algo que sólo ocurre si te compraste la vivienda antes del 1 de enero de 2013 y estuviste desgravando la hipoteca en declraciones de años anteriores.

Conozco gente que ahorra durante el año y, antes de que termine, o sea entre ahora y Nochevieja, amortiza de golpe un montón de dinero. Los más afortunados llegan a los 9.040 € (18.080 € si son dos titulares), y lo hacen así pícaramente para llegar al límite máximo que se pueden desgravar en la siguiente Declaración de la Renta.

No quiere decir que tengas que amortizar 9.000 € ó 18.000 € sino que ése es el máximo que te puedes desgravar. En esa cifra también se incluye lo que pagas en cuotas mensuales durante el año, tanto el capital como los intereses.

Por ejemplo, si de cuota pagas 500 € al mes, entre capital e intereses, al año son 6.000 € de hipoteca. Si eres la única persona titular sólo puedes desgravarte hasta 9.000 €, o sea que puedes amortizar 3.000 € más. Si sois dos, podéis amortizar hasta 12.000 € más.

¿Se puede amortizar más? Sí, pero ya te conviene esperar a enero, para desgravarte la cantidad al año siguiente, ya que en este año no te desgravaría más del tope mencionado (9.000 € si la hipoteca tiene un titular y 18.000 € si son dos).

Cómo declarar a Hacienda el dinero recuperado de la cláusula suelo

Hacienda no perdona ni olvida... aunque pase el tiempo

Hacienda no perdona ni olvida… aunque pase el tiempo

¿Cómo va lo de la cláusula suelo? Hay casos de todos los colores. De una lado está Bankia, que ha soltado ya 127 millones de euros a más de 25.000 clientes, y espera terminar de pagarlo todo antes de fin de mes. BMN, que se fusionará con Bankia, también pretende devolver hasta el último céntimo.

De otro, Sabadell y Popular, que todavía se niegan si no hay sentencia firme que les condene a ellos directamente. Caixabank va a mirar los casos uno por uno, o Caja España, que reconoce parte de la deuda pero no toda. BBVA, Cajamar y Abanca deben devolverlo todo según el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

A estas alturas, dos meses y medio después de que el Gobierno publicara un Real Decreto para mediar en la devolución del dinero del suelo, tras la sentencia europea, muchos de los afectados consideran que -nuevamente- esta intervención gubernamental ha sido un fracaso.

Quienes han logrado recuperar todo el dinero en efectivo más los intereses están contentos, si bien ahora les toca regularizar con Hacienda. No deberán tributar por lo que han recuperado, pero sí que habrán de devolver lo que en su día se dedujeron por pagar ese dinero de hipoteca, ya que todos los préstamos anteriores a 2013 se han desgravado hasta el 15% de 9.040 € pagados en cuotas mensuales a lo largo de cada año.

Si el acuerdo con el banco se alcanzó en 2016, la regularización debe realizarse esta primavera. Si cobras este año, en la Renta de 2017 que se presente en 2018. Si cobras el año que viene, deberás formalizarlo en la Renta de 2018 que presentes en 2019. Las cantidades deberán ponerse en las casillas 524 y 526. Como se cobran todos los atrasos desde que se activó la cláusula suelo en la hipoteca, debe presentarse una declaración complementaria por cada año que se ha recuperado dinero, incluyendo los cuatro últimos más el del acuerdo. Si lo acuerdas este año, debes regularizar de 2013 a 2017, ambos inclusive.

Si el dinero se cobra mediante la amortización de la hipoteca pendiente, no hay que presentar ninguna declaración complementaria, ni tampoco hay que devolver lo que en su día te desgravaste por pagar cuotas más altas por culpa del suelo.

Quienes no han visto más que la negativa del banco piensan y sienten que han perdido dos meses. Pero no deben perder la esperanza, aún les queda la reclamación vía Banco de España, si bien en la práctica a veces se reduce también a burrocracia y pérdida de tiempo. La última opción es la judicial, en la que hay más opciones por tratarse de un asunto con amplia jurisprudencia, es decir, muchas sentencias en las que se ha tumbado la cláusula suelo por haberse comercializado de forma opaca y sin explicar a los clientes sus consecuencias. En 2011, el 87% de los afectados no sabía que la tenía, según la organización de consumidores Facua.

Campaña de la Renta 2016: ¿puedo desgravarme la hipoteca?

Ays... ¿Me devolverán algo este año?

Ays… ¿Me devolverán algo este año?

El próximo miércoles 5 de abril arranca la campaña de la Renta 2016 a la que están llamados a presentar Declaración todos los que tengan ingresos superiores a 22.000 € de un solo pagador o por encima de 12.000 € si cobras de más de uno. También quienes, cobren lo que cobren, tengan hipoteca y puedan desgravársela.

¿Pero quién puede aún desgravarse la hipoteca? Quien haya comprado vivienda antes del 1 de enero de 2013, habiéndose desgravado ya la hipoteca en 2012 o años anteriores. También las personas que, antes de 2013, hubiesen empezado obras de rehabilitación que como muy tarde hubieran terminado el 1 de enero de 2017.

Ya se sabe que no todos los hipotecados tienen derecho. Antes sí, pero en 2012 el primer Gobierno de Rajoy, presionado por la Unión Europea, realizó una reforma fiscal que se llevó por delante este beneficio para quienes compraran casa a partir de 2013.

Esto ha supuesto que de los 5,8 millones de personas que se beneficiaron de ello en 2012 se espera que sólo lo hagan 3,9 millones en esta campaña de 2016. La previsión es que Hacienda devuelva 1.200 millones € a los hipotecados que cumplan los requisitos, una cifra que podría quedarse corta teniendo en cuenta que en 2014 el Fisco devolvió 3.165 millones € a 4,6 millones de ciudadanos.

Es lógico que vaya disminuyendo la gente con derecho a ello, puesto que ciertas hipotecas se van terminando de pagar o cancelando para comprar otras viviendas, otras se ejecutan y las nuevas ya no tienen derecho.

Para desgravarse la hipoteca en esta campaña de la Renta 2016, además de haber comprado el piso antes de 2013, tienen que haberte retenido dinero en IRPF en la nómina mensual y haber pagado las cuotas de la hipoteca. Te puedes desgravar el 15% de hasta 9.040 €, o sea que te pueden devolver hasta 1.356 € de lo que te hayan retenido de IRPF, siempre que te hayan retenido como mínimo esos 1.356 €. Si no te devolverán lo que te hayan retenido.

La otra condición para cobrar el máximo por persona es que hayas pagado al menos esos 9.040 € de hipoteca en 2016, incluyendo capital e intereses. Si la hipoteca la tienes con otros titulares, cada uno puede recuperar hasta 1.356 €, si cumple estas características.

La OCDE está tocando las narices diciendo que habría que cargarse este beneficio fiscal porque es “especialmente agresivo”, criticando que beneficia a los hogares con rentas más altas, que son las que más pagan de hipoteca y más se les retiene de IRPF. Opinan que quitar esta desgravación mejoraría la equidad y haría ganar más a Hacienda. ¿A ti qué te parece?

Yo creo que sí, que Hacienda ganaría más, pero tampoco es que haya dejado de ingresar mucho… En 2014 y 2015 renunció a 90 millones €, que eso para el Fisco no es gran cosa y para las familias es un balón de oxígeno brutal.

Menos mal que, de momento, parece que el Gobierno no ha hecho ni puñetero caso a la OCDE, sin decir nada sobre ello. Se sabe que cargarse definitivamente la desgravación es impopular y tiene un coste electoral, aunque en 2012 no se cortaron un pelo y lo hicieron presionados por Bruselas.

Tu situación también depende de dónde vivas, ya que las comunidades autónomas pueden hacer con esto lo que quieran en el tramo que les afecta. Por ejemplo, en País Vasco y Navarra se mantiene algún tipo de deducción fiscal por compra de vivienda, dependiendo de la provincia en que vivas y si la casa es nueva.

Hacienda revisa la desgravación de hipoteca en la Renta de 2015

Si lo estás haciendo bien, no tienes de qué preocuparte

Si lo estás haciendo bien, no tienes de qué preocuparte

La deducción fiscal por vivienda habitual, o sea desgravarse la hipoteca en la Declaración de la Renta, es algo que todavía pueden hacer 5 millones de hipotecados, que firmaron su préstamo antes de 2013. Para quienes contrataran una hipoteca pasada esa fecha ya no hay deducción posible.

Pero como estamos en un país de picaresca y engañar a Hacienda nos gusta más que a un tonto una tiza, el Fisco se ha puesto la lupa en el ojo para revisar las declaraciones en las que la gente se desgrava la hipoteca de la vivienda. ¿Ein? No tienes nada que temer si lo haces todo correctamente, pero… Si te estás aprovechando y no tienes derecho es posible que te pillen.

El Ministerio de Hacienda, que ya no sabe de dónde recaudar dinero, está enviando cartas a los contribuyentes que se desgravan la hipoteca para  pedirles que demuestren que, efectivamente, tienen derecho a hacerlo. La petición es para el año 2015, o sea la Declaración de la Renta presentada este año, pero pueden exigir también que demuestres que podías desgravarte la hipoteca los 4 años anteriores.

Según la norma vigente, puede hacerse por la vivienda habitual que se haya comprado antes del 1 de enero de 2013 y que se haya desgravado en 2012 o años anteriores. También si se entregó alguna cantidad a cuenta antes de esa fecha, aunque el piso se recibiera después.

Hacienda, sobre todo, detecta que algunas personas no dedicaron el 100% del dinero del préstamo a la compra de la vivienda, porque en la hipoteca metieron las vacaciones, el coche, los muebles u otras cosas que no dan derecho a desgravarse ni un céntimo. O sea que a lo mejor crees que lo estás haciendo bien y por ahí te pillan.

A quienes lo estén haciendo mal, Hacienda les reclama las cantidades cobradas por la desgravación más un 50%, un máximo por persona de 1.300 – 2.000 por año. Si reconoces el fraude la penalización baja al 30%.

Para demostrar que tienes derecho a la desgravación te piden las escrituras de compra y el contrato de la hipoteca, facturas de notaría, gestoría y otros gastos de adquisición del inmueble. También un justificante de cuánta hipoteca pagaste ese año, que son las cantidades por las que te has deducido hasta el 15% de un máximo de 9.040 euros, o sea hasta 1.356 euros de lo que ese año te retuvieran en concepto de IRPF. Además, te podrían pedir un volante de empadronamiento y facturas para ver consumos de luz, agua, gas… que demuestren que vives allí habitualmente.

Hacienda comprueba de forma regular, cuando pasan varios años desde que te desgravas la hipoteca, que tienes derecho a ello. Es la deducción más común y no quieren correr riesgos ni perder dinero.

Vuelve la cita con la desgravación de la hipoteca, ¿es tu caso?

Se nota, se siente, la Renta está presente

Se nota, se siente, la Renta está presente

El pasado 6 de abril comenzó la campaña de la Renta 2015, que se extenderá hasta el próximo 30 de junio. Como siempre, los que tienen hipoteca, están de alquiler, alquilan casa o venden la suya tienen que ajustar cuentas con el Fisco, para bien o para pagar, según el caso.

La deducción por vivienda habitual (no por segundas o terceras residencias) se mantiene para quienes compraron casa con hipoteca antes del 1 de enero de 2013 o para quienes hayan dado alguna cantidad de dinero para compra sobre plano o reformas antes de esa fecha, siempre que lo que sea (obra o vivienda nueva) esté terminado antes de 2017. Esto es válido también siempre que se hayan desgravado algún importe en 2012 o años anteriores.

En caso de que te puedas desgravar, la cantidad máxima es el 15% de 9.040 euros, o sea que puedes cobrar hasta 1.356 €. Para llegar al máximo hay que haber pagado al menos 1.356 € en IRPF a lo largo de 2015. Si has pagado menos IRPF o amortizado hipoteca por debajo de 9.040 €, Hacienda te desgrava la parte que te corresponda. En caso de varios titulares son 9.040 € por cada uno.

Otro de los supuestos que ya existían y se mantiene es el de la venta de la vivienda habitual. Si fue tu caso en 2015, debes declarar una ganancia patrimonial, por la que no tienes que tributar siempre y cuando reinviertas ese dinero en comprar una nueva casa -que también uses como vivienda habitual- durante los dos años siguientes.

En caso contrario, sí pagas a Hacienda, excepto que tengas más de 65 años, en cuyo caso no tienes que abonar nada, siempre que destines el dinero para crear un fondo de renta vitalicia durante los 6 meses siguientes y con un límite de 240.000 €.

Estaría fenomenal que la deducción por vivienda habitual volviera a ser universal, o sea que cualquiera pudiera desgravarse la hipoteca. Pero no creo que vuelva a ser así al menos dentro de un plazo largo. Después de que Zapatero la quitó y Rajoy la recuperó en 2011, el mismo Rajoy la volvió a quitar -presionado por la Unión Europea como parte de las reformas de la crisis-.

Se piensa que esto fomenta la compra y no el alquiler, mercados muy descompensados en España, ya se sabe que a favor de la compra. Según el momento que atraviesa la economía, entre uno y dos tercios de las casas se compran con hipoteca. Además supone un dineralazo para Hacienda, que ahorra millones de euros con las familias que ya no pueden desgravarse y casa vez irán siendo menos según se vayan cancelando las antiguas hipotecas.

Las reformas en casa también desgravan en la Renta

Rehabilitar la casa tiene premio fiscal

Rehabilitar la casa puede tener premio fiscal

Ahora que todavía estamos en campaña de la Renta 2014 hasta el 30 de junio, conviene recordar que no solamente te puedes desgravar la hipoteca, y gracias a los bajísimos tipos de interés incluso ganar dinero con ello o que te paguen los intereses, sino que hay otro apartado por el que  conseguir ventajas fiscales.

Se trata de las reformas en casa o de construirte tu propia vivienda. Y, como pasa con la hipoteca, te las puedes desgravar siempre que empezaras a pagar alguna cantidad antes del 1 de enero de 2013, fecha en la que el actual Gobierno eliminó la deducción fiscal, presionados -se excusan- por la Unión Europea.

La casa debe ser tu vivienda habitual y las obras queden terminadas antes del 1 de enero de 2017. Lo importante es que durante 2014 hayas pagado algo de dinero por reformas que estén clasificadas como rehabilitación de vivienda o bien reconstrucción de la casa a nivel de estructuras, fachada o cubiertas, siempre que el importe no sea más de la cuarta parte (25%) de lo que vale el piso.

¿Pero qué entra exactamente en estos conceptos? Por ejemplo, hacer nuevos planos y obtener el permismo en caso de ampliación. También todo lo que inviertas (amortización, intereses, comisiones y demás gastos e impuestos) en referencia a la financiación, o sea si pides hipoteca o te prestan dinero para ello. Y, por supuesto, el IVA que pagues de todo ello, así que más vale pedirle a ese carpintero en Sevilla, a ese pintor de Albacete o al albañil de Málaga una factura con todo legal y bien puesto.

Hacienda no te va a desgravar ninguna cantidad por gastos de conservación y reparación, instalar un ascensor, cambiar la calefacción o poner el aire acondicionado. Antes estas cosas desgravaban pero 2012 fue el último año que la manga era tan ancha para lo que se consideran obras de mejora. Qué pena…

Si lo que estás haciendo es adecuar la vivienda para que pueda habitarla una persona con discapacidad, también te puedes desgravar todo lo que hagas, aportando igualmente las correspondientes facturas con IVA.

La cantidad que puedes desgravar es como la de la hipoteca: hasta el 15% de 9.040 €, es decir que te pueden devolver hsata 1.356 €, siempre que te hayan retenido igual o mayor cantidad de IRPF a lo largo del año pasado. Pues, hala, a sacarle partido a las obras en la Declaración de la Renta, que te pueden devolver una parte de lo que te has gastado.

Cuando Hacienda te paga los intereses de la hipoteca

Éste está con la hipoteca como Mateo con la guitarra

Éste está con la hipoteca como Mateo con la guitarra

El Euríbor está tan bajo (ha cerrado abril en el mínimo histórico del 0,18%), que muchos hipotecados se van a encontrar con que la hipoteca de 2014 les ha salido gratis. Por gratis entiéndase que no han pagado intereses al banco y que incluso recuperan parte del capital amortizado en las cuotas mensuales.

¿Pero esto cómo es posible? Porque al estar el Euríbor tan bajo están pagando las cuotas más baratas de su historia con el banco, siempre que tengan un diferencial de los de antes (por debajo del 1%) y no sufran la cláusula suelo, que limita los intereses.

Si, además, compraste el piso antes del 1 de enero de 2013, cuando dejó de aplicarse la desgravación fiscal para hipotecas de viviendas que se usan como habituales, el negocio es redondo.

En la Declaración de la Renta que se presenta en esta campaña, que es la de 2014, puedes ver cómo Hacienda te devuelve hasta el 15% de 9.040 €, o sea hasta 1.356 €, siempre que durante el año pasado te hayan retenido al menos esa cantidad en IRPF.

Es ese dinero lo que recuperas por los intereses pagados al banco. Si al final llegas al máximo de 1.356 €, te sale a 113 € al mes. Si has pagado como máximo esa cantidad de intereses, te salen gratis. Y si has pagado menos es cuando Hacienda te estará devolviendo dinero para compensar el capital pagado en las cuotas mensuales. Si no sabes cuánto pagas de capital y cuánto de intereses, mira cualquier recibo o pregunta al banco.

Da gusto pensar que lo que sueltas por un lado lo recuperas por otro, ya sea que te lo tomes como que te devuelven el dinero mordido en la nómina o como que son los intereses de la hipoteca o como que es un dinero con el que no contabas y que te viene de perlas para amortizar hipoteca ahora, ahorrarlo, irte de vacaciones, solventar un gasto imprevisto o tapar agujeros pendientes.

La tesitura actual demuestra que tener una hipoteca de las de antes y un trabajo donde descuentan IRPF es rentable para los 5,4 millones de contribuyentes que tienen derecho a esta deducción. Mientras el Euríbor esté bajo esta situación se puede repetir año tras año, siempre que tengas derecho a la desgravación fiscal.

Se prevé que el Euríbor no suba del 0,5% en el medio plazo y con lo bajísimo que está este año, seguro que al que viene te sale todavía más rentable la campaña de la Renta, porque aunque te devuelvan el mismo dinero que este año, habrás pagado menos hipoteca durante 2015.

 

Novedades de hipoteca y vivienda en la Declaración de la Renta

Es el tema estrella

El tema estrella hasta el verano

Como siempre por estas fechas, ya está aquí la cita con Hacienda. Este año, la campaña de la Renta 2014 ha arrancado el 7 de abril y terminará el 30 de junio.

Lo bueno de tener hipoteca es que te la puedes desgravar. Si a lo largo del año pasado te han retenido bastante IRPF y has pagado las cuotas mensuales y/o amortizado anticipadamente, Hacienda te devolverá el 15% de hasta 9.040 €, lo que vienen siendo un máximo de 1.356 €. Si la hipoteca al 50%, la otra persona puede hacer lo mismo.

Todo esto es válido para pisos comprados en País Vasco y Navarra en cualquier fecha o en el resto de España antes del 1 de enero de 2013, siempre y cuando te hayas desgravado dicha hipoteca en años anteriores.

Se ve que hay ganitas de que Hacienda devuelva la pasta porque en las primeras horas se presentaron más de 145.000 declaraciones, un 38% más que el año pasado. Si lo haces por Internet tienes desde ya hasta el 30 de junio. De manera presencial, del 11 de mayo al 30 de junio.

Como novedad, si en 2014 has vendido tu piso tras una ejecución hipotecaria judicial o notarial, o como resultado de una dación en pago al banco, no tendrás que tributar por las ganancias obtenidas. ¡Ufff! Menos mal… Con esto se hace justicia a un tema sangrante: que tengas que deshacerte del piso porque no puedes pagarlo y que encima Hacienda te pidiera dinero como con cualquier otra venta de vivienda, en la que entiende que has tenido una ganancia y por eso te reclama una parte.

Para evitar picardías, Hacienda exige que no tengas otros bienes con los que haber hecho frente a la deuda del piso perdido, y que debieras el dinero a una entidad que legalmente pueda conceder préstamos hipotecarios.

Si el año pasado vendiste un piso comprado entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre de 2012, te puedes ahorrar hasta el 50% de los impuestos. Para seguir evitando picardías, Hacienda no cuenta la venta entre miembros o empresas de la misma familia.

Si tienes una segunda residencia también debes rendir cuentas al Fisco. Si la alquilas, tienes que declarar las ganancias anuales. Si está vacía, Hacienda te cobrará un 2% de su valor catastral o un 1,1% si se ha sido revisado después de 1994. ¿Y eso? Porque supone que tienes mayor poder adquisitivo que los que no gozan de otra vivienda en propiedad, y te cobra por ese supuesto rendimiento económico que te da la casa.

Todos sabemos el gustirrinín que da hacer trampas a Hacienda y ahorrarse unos euros, pero ten mucho ojo porque está a la que salta. Han agudizado los controles, al menos de desgravación de hipoteca y de cuenta vivienda, y te obligan a devolver lo que has ganado si no tenías derecho a ello.

La vivienda te puede dar otras alegrías en forma de desgravación, que dependen de dónde residas. Las comunidades autónomas tienen libertad para marcar sus propias desgravaciones, así que infórmate de las novedades que hayan surgido, por si te puedes ahorrar o recibir unos euretes con los que no contabas.